Prohibiciones para motocicletas y motocarros llegaron a Distracción

La multa a la que se hará acreedor el infractor será de la mitad del salario mínimo mensual legal vigente.

La Guajira
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La Administración Municipal de Distracción, La Guajira, expidió un decreto el 17 de agosto donde restringe el tránsito de motocicletas con parrillero hombre a partir de las 6:00 de la tarde hasta la 5:00 de la mañana.


De igual forma, prohibió la circulación de motocarros y mototaxis, excluyendo de esta medida a los motociclistas miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, personal de seguridad de entidades del Estado, organismos de socorro y escoltas de funcionarios del orden nacional, departamental y municipal, siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.

Se advierte en la disposición adoptada, que quienes la infrinjan serán sancionados de acuerdo con las reglas establecidas en la Ley 769 del año 2002 y el Decreto 2961 de 2006, por la prestación ilegal del servicio de transporte público o no autorizado.

La multa a la que se hará acreedor el infractor será de medio salario mínimo mensual legal vigente, dependiendo del caso, según contempla el precepto que lleva la firma del alcalde, Pedro Guerra Chinchía.




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