La estafa informática

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Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



Este es un delito de moda y los ciber delincuentes buscan todas las formas para estafar incautos. En el Código Penal se crearon nuevos tipos como lo son los Arts. 269A, 269B, 269C, 269D, 269E, 269F, 269G, 269H, 269I, 269J, adicionados dichos artículos por la ley 1273 de 2009. El asunto se vuelve complejo porque el manejo de redes obedece a sistemas internacionales y hoy por hoy observamos cómo este delito se extiende vigorosamente y son muchas las personas que gozan del sistema bancario y financiero que son potenciales víctimas del ciber crimen.

Por ejemplo tarjetas de crédito y debito son clonadas, no importando que la nueva seguridad imponga en dichas tarjetas un chip. Es muy común lo que hace la banda nigeriana ya que desde cualquier país mandan a un usuario un correo señalando que han sido beneficiados con una lotería numérica, o que es legatario de una herencia u otras formas de timo e incluyen comunicaciones con supuestas entidades bancarias de otros países hasta que viene el anzuelo, que remitan al Banco de Nigeria a determinada persona prominente en dicho país africano una determinada suma de dinero. Los bancos buscan la seguridad de las tarjetas dejando ese sistema en manos de los Seguros para evitar dado el riesgo que se afecte el patrimonio del mismo.

Estamos asistiendo a la tercera guerra mundial que no es con armas como en el pasado, sino que es la guerra cibernética y cada torpedo enviado inclusive de la competencia es una serie de virus y para eso hubo necesidad de crear el antivirus y realmente no existen normas que controlen ese armamentismo o es muy débil. Nuestros organismos de seguridad requieren de mas especialización de estudios para contrarrestar esta clase de guerra moderna que podemos llamar la guerra de los virus.

En una sociedad de riesgo como la nuestra es buen caldo de cultivo dicho delito totalmente diferente a la estafa tradicional o clásica como la llama el profesor chileno Gustavo Balmaceda Hoyos. Falta entonces completar la legislación que tenemos y dotar de tecnología de alta gama a los organismos investigativos del Estado. Constituye una forma de delincuencia económica. Países como España y Chile tienen para el investigador un surtido jurisprudencial sobre la materia. Aquí la delincuencia va más adelante que los organismos investigativos del Estado carentes de un académico conocimiento porque son productos de cursillos teóricos sin mayor experiencia.

Por tratarse muchas veces de un delito transnacional opera el Convenio de Budapest como fuente de la lucha contra el ciberdelito en el mundo. Pensamos que regionalmente se debe llegar a convenios para luchar contra el delito. Por ejemplo un delito que cometa o trate de cometer la banda nigeriana será competencia de nuestro país para investigar y fallar. Los bancos para abrir cuentas deben ser más exigentes para evitar que a través de una cuenta se puedan hacer transferencias electrónicas. Pudimos observar que en algunos países de Europa los cajeros dan directo a la calle. Seguramente que tomarán fotografías del usuario porque en caso de que una cuenta sea hackeada, lo primero que debe hacerse es pedir las fotografías tomadas a la persona que hizo retiro de fondos. Hoy el internet es un medio de comunicación de masas y es fácil acceder al espacio virtual. La ley de aplicación de la ley penal en el espacio territorial no ha dado solución a este tipo delincuencial. En tratándose de delincuencias domésticas, la ley penal aplicable es la nuestra pero ¿qué sucede si el delito trasciende el espacio internacional o transnacional? Pensamos que a nivel de Congreso se debería legislar creando un estatuto que enfrente este delito y señale normas procesales o de procedimiento para los fines de la competencia. Es un delito que llama a la reflexión porque cada día es mayor su campo de acción y de víctimas inocentes.