No habrá excarcelaciones de condenados por la Corte Suprema

La Corte Constitucional aclaró que las reclamaciones para pedir la segunda instancia solo proceden para sentenciados a partir de abril de 2016.

Nacional
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Frente a la polémica que se ha originado a raíz del fallo de la Corte Constitucional que ordenó la creación de la segunda instancia y que tiene molesta a la Corte Suprema de Justicia, la presidenta de la Corte Constitucional, María Victoria Calle, explicó los alcances de la decisión.


Señaló que esa decisión tomada en 2014 no tiene efectos retroactivos, pues solo aplicará para condenas proferidas a partir del 25 de abril en adelante y que sean casos de ley 906.


“En tanto ese exhorto no se atendió por el Congreso por las razones que fueren, entonces a partir de ese tiempo ese efecto diferido que se le dio a la sentencia empezará el 25 de abril de este año”.


Razón por la cual las impugnaciones presentadas por los exfuncionarios del entonces gobierno de Álvaro Uribe no tendrían efecto alguno.





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