‘In fraganti’

Foto Orlando Marchena

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Dicen que ante las necesidades fisiológicas urgentes no hay nada que las puedan detener, pero a la luz de las normas legales, hacerlas en sitios públicos acarrea una sanción que afecta el bolsillo de los infractores.

Según el inciso 11 del artículo 140 del Código de Policía que indica “realizar necesidades fisiológicas en el espacio público, está prohibido”, este hombre que se bajó de su auto en plena carretera del Ziruma rumbo a El Rodadero para orinar a un costado, debería, atenidos a la ley, recibir una multa de $736.000.  Pese a estar por escrito, son innumerables los casos que a diario se observan de personas teniendo que buscar lugares públicos (rincones, árboles, etc) ya sea para miccional o defecar. Si fueran sancionados, de seguro las arcas públicas estarían abarrotadas de dinero.





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