Contralor trasladó a Fiscalía y Procuraduría hallazgos penales y disciplinarios de Corporaciones Autónomas Regionales

Judiciales - Nacional
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Como resultado de las acciones  adelantadas por la Contraloría General de la República, en las que se encontraron irregularidades, fallas estructurales y alto grado de corrupción de las CAR,  el Contralor General de la República, Edgardo Maya Villazón, trasladó oportunamente a la Fiscalía y la Procuraduría los presuntos hallazgos penales y disciplinarios detectados en las auditorías realizadas a las  Corporaciones Autónomas Regionales, al igual que los encontrados en su momento en ASOCARS.

 El conocimiento de los hallazgos penales ha llevado a la propia Fiscalía General de la Nación, a tomar medidas  de su competencia en un reciente caso (Cardique).

Entre las muchas irregularidades detectadas por la Contraloría están las siguientes:

-Carrusel de Contratos: Adjudicación de contratos impidiendo garantizar la satisfacción de la necesidad con los mejores resultados de costo beneficio, ya que los oferentes son siempre las mismas personas jurídicas y naturales, en tanto participan en diferentes procesos intercambiándose los roles, compartiendo un mismo Contador Público, Representante Legal o miembro de Consejo Directivo.

-Obras inconclusas convertidos en verdaderos "Elefantes Blancos".

-Concentración de contratos en un mismo contratista, que un solo caso puede llegar a tener 24 contratos.

-Contratación directa como norma general: de 7.810 actos contractuales en el periodo analizado, 7.037 (el 90,1%) fueron por contratación directa.

-Inversiones en Actividades No Misionales, por la aplicación de recursos ambientales a actividades que no aportan resultados al quehacer misional de las CAR y no contribuyen al logro de sus objetivos.

-Suscripción de convenios con Entes Territoriales, Empresas de Servicios Públicos, Asociaciones, Fundaciones, Juntas de Acción Comunal y Universidades que permiten eludir los procesos de selección objetiva y en los cuales las CAR actúan como financiadoras aportando más del 90% de los recurso.

En este caso, no  se observa el cumplimiento de las obligaciones contratadas dentro de los plazos inicialmente  pactados, los resultados o productos no están acordes con la realidad de los objetivos contractuales y después de varios años no prestan servicio alguno o son desechados.

-Falta de planeación y confiabilidad en la elaboración de estudios previos, por la carencia de informes técnicos que reflejen la necesidad a satisfacer. 

-Deficiencias en la metodología utilizada para determinar los costos reales de las obras a ejecutar, al determinarse que los valores indicados en el cuadro de costos de la obra carecen de elementos técnicos para la determinación de costos.

-Falta de control y seguimiento, a través de visitas técnicas, con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales.

-Pagos de funcionamiento con cargo a los rubros de inversión en innumerables casos.

-Pago de la totalidad del valor contratado sin advertir que el contratista no ejecutó el contrato de conformidad con las obligaciones pactadas en materia de actividades específicas, personal ofertado, e informes finales y de seguimiento  acordes a la necesidad que se pretendía satisfacer.

-Un mismo topógrafo en diferentes contratos. 

-Carencia de soportes en la ejecución contractual.

-Debilidades y falta de celeridad en la función sancionadora delegada a las Corporaciones para los procesos sancionatorios ambientales.

-Carencias en la supervisión y verificación de los pagos de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes parafiscales del personal asignado para la ejecución de contratos.

No mejora la gestión

Los hallazgos de la CGR dan cuenta de las deficiencias en la gestión de las Corporaciones Autónomas,  así como de ASOCARS, que impactan de manera negativa en la preservación y adecuado manejo de los recursos naturales y del ambiente de los territorios en los cuales tienen responsabilidades.

Son múltiples las situaciones encontradas por la CGR y de pleno conocimiento de las CAR, frente a las cuales los planes de mejoramiento implementados por dichas instituciones, no han dado los resultados esperados: se evidencia que la efectividad de las acciones de mejora planteadas por las CAR presentan niveles de efectividad que no alcanzan superar siquiera el 50 por ciento.

Tal es así, que no mejora la gestión de las CAR, que las Corporaciones más grandes no han fenecido cuenta en algunos casos durante 8 años, como resultado precisamente, de las deficiencias en la gestión y en el manejo contable y presupuestal de los recursos.

Pobre ejecución de recursos y deterioro ambiental

La ejecución de recursos de inversión por parte de las CAR en la vigencia 2017 fue del 44%, con reservas presupuestales del 56%.

Esto significa que más de la mitad de los proyectos planeados para cumplir la misión de las Corporaciones durante la anualidad no se ejecutaron.  Las recurrentes sub-ejecuciones han incidido, sin duda, en el incumplimiento de las metas planteadas en los programas y proyectos de inversión aprobados con base en los objetivos de la política ambiental.

Cada corporación tiene su propio reglamento presupuestal

Las CAR adoptaron  manuales de presupuesto individuales para el manejo de sus recursos propios con un alto grado de discrecionalidad, amparadas en su autonomía constitucional, lo que ha generado dispersión y fragmentación de los mismos en el cumplimiento de la política ambiental y de los planes de acción, contribuyendo a distraer y diferir su aplicación en los proyectos de inversión prioritarios en las respectivas áreas de sus jurisdicciones; por lo que la Contraloría General de la República sigue encontrando dificultades para el seguimiento a las ejecuciones presupuestales de los recursos propios de estas entidades. 

Los hallazgos por Asocars

Para el caso de ASOCARS, la auditoría adelantada por la CGR para la vigencia 2016 concluyó con un concepto Desfavorable.

ASOCARS a pesar de no contar con una planta de personal técnica, por no ser este su objeto misional, se ha convertido en ejecutora de recursos importantes relacionados con el medio ambiente, mediante la celebración de convenios con las CAR bajo la modalidad de contratación directa, centralizando de esta forma recursos públicos y generando tercerización para la ejecución de dichos convenios; además, se evidenciaron debilidades sobre la claridad del producto final a entregar para el cumplimiento del objeto de convenios. La situación fue puesta en conocimiento de la Fiscalía y la Procuraduría.  

El caso de la CVC

En cuanto a los recursos que maneja la CVC y que fueron entregados por la Nación como resultado de la venta de la represa la Salvajina, el cuestionamiento de la CGR obedece a la falta de inversión de los cuantiosos recursos en el mejoramiento ambiental y recuperación del Río Cauca, en detrimento de las condiciones ambientales del territorio, que aqueja a millones de personas.

Los recursos fueron entregados para temas ambientales y no para la generación de rendimientos financieros.

La CGR no formuló hallazgos fiscales al respecto, sino hallazgos penales y disciplinarios puestos en conocimientos de las autoridades respectivas por la desviación de los recursos.

La verdadera naturaleza jurídica de las CAR

De otro lado, no son equiparables las CAR y el Banco de la República, como pretende hacerse ver por parte de las CAR  para justificar su autonomía.

Las CAR son sui generis y no ostentan la misma categoría que la Constitución le da al Banco de la República, que sí tiene plena autonomía frente a los demás poderes del Estado; lo propio puede decirse de las universidades que tienen un régimen especial, por cuanto su naturaleza jurídica está definida en la norma, no como ocurre con las CAR que no tienen una naturaleza jurídica clara desde la  norma, lo que permite inferir que nos encontramos frente a una figura de naturaleza jurídica diferente.