Ángela María Robledo se queda sin curul por “doble militancia”

Política
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La Sección Quinta del Consejo de Estado con tres votos a favor y uno en contra declaró la nulidad de la elección de Ángela María Robledo como representante a la Cámara para el período 2018 – 2022 por doble militancia política.

En el fallo se advierte que Robledo incurrió en una doble militancia política puesto que asumió su nueva curul en la Cámara por el movimiento 'Colombia Humana' de Gustavo Petro sin haber renunciado a su partido (Alianza Verde) a tiempo antes de estar en otro movimiento político.

La elección de Ángela María Robledo fue demandada por una veeduría ciudadana que dice que incurrió en la prohibición de la doble militancia. En el debate jurídico se consideró que se vulneró el artículo 107 de la Constitución Política que establece que "quien siendo un miembro de una corporación pública decida presentarse a la siguiente elección, por un partido distinto, deberá renunciar a la curul al menos doce (12) meses antes del primer día de inscripciones".

El demandante Fabián Cano, manifestó que la saliente representante a la Cámara no tiene recursos constitucionales para apelar esta decisión, al tiempo que aseguró que esa curul quedará vacía.

"Hay que aclarar que esto no es un proceso de pérdida de investidura. Robledo puede ejercer otro cargo público: se trata de una simple nulidad electoral, no hay muerte política", precisó Cano.



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