El Capitán de Puerto de Santa Marta en uso de sus facultades legales,

Publicado: 2024-02-06 08:19

Descripción

AVISO


El Capitán de Puerto de Santa Marta en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 9 del artículo 3 del Decreto 5057 de 2009 en concordancia con el numeral 21 del artículo 5 del Decreto Ley 2324 de 1984, y lo dispuesto en el artículo 2.4.4.8, de la Resolución N° (0846-2023) MD-DIMAR-GLEMAR del 7 de noviembre de 2023, expedida por la Dirección General Marítima.  


HACE SABER:

Que el señor William Elias Bustillo, identificado con la cedula de ciudadanía Nº 73.573.628 expedida en Cartagena (Bolivar) en su condición de representante legal de la AGENCIA OPERADORA DE TURISMO OPERLINE S.A.S., legalmente constituida, domiciliada en Santa Marta, identificada con el NIT 900803452-7, solicitó a la Capitanía de Puerto de Santa Marta, mediante la petición radicada el día 22 de junio de 2022 en la Capitanía de Puerto de Santa Marta, bajo el  SGDEA-SE N° 142022104531, una concesión marítima de un área con características de aguas marítimas y terrenos de bajamar, bienes de uso publico de la Nación en jurisdicción de la DIMAR, para desarrollar el proyecto denominado “BSE NAUTICA OPERLINE”, relacionada con la construcción y recuperación de la estructura en concreto de treinta y seis metros de largo por uno coma cincuenta metros de ancho (36 m x 1.50 m) que se encuentra abandonada en aguas marítimas al sur de la Playa en El Rodadero, con el fin de adecuarla de tal manera que se convierta en una instalación náutica para permitir el atraque cómodo y seguro de las embarcaciones turísticas que prestan el servicio a la  Agencia Operadora de Turismo Operline S.A.S., área total de setenta y seis metros cuadrados (76 m2) ubicada en el sector sur del Rodadero, zona urbana del Distrito de Santa Marta, departamento del Magdalena, comprendido entre las siguientes coordenadas geográficas: de Santa Marta, comprendido entre las siguientes coordenadas geográficas:


PUNTOLATITUD

LONGITUD

ESTE (m)

NORTE (m)

1

11° 12' 1,637" N

74° 13' 42,503" W

4.865.932,48

2.795.977,24

2

11° 12' 1,648" N

74° 13' 42,568" W

4.865.930,51

2.795.977,58

3

11° 12' 1,851" N

74° 13' 43,736" W

4.865.895,13

2.795.983,96

4

11° 12' 1,916" N

74° 13' 43,725" W

4.865.895,47

2.795.985,96

5

11° 12' 1,713" N

74° 13' 42,556" W

4.865.930,88

2.795.979,58

6

11° 12' 1,702" N

74° 13' 42,491" W

4.865.932,85

2.795.979,23



Habiéndose recibido los documentos y certificaciones favorables de las Entidades, y efectuada la verificación de carencia de informes por tráfico de estupefacientes relacionada con comportamientos referidos a delitos de tráfico de estupefacientes y conexos, lavado de activos, testaferrato y enriquecimiento ilícito, así como frente a procesos de extinción del derecho de dominio, y dando cumplimiento a los criterios y procedimiento para el trámite de concesiones marítimas en las aguas, playas y terrenos de bajamar en bienes de uso público de la Nación en jurisdicción de la DIMAR, para proyectos de marina, descritos en el Titulo 1 de la Parte 3 del Reglamento Marítimo Colombiano 5 REMAC expedido por la Dirección General Marítima, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 2.4.4.8. de la Resolución Nº (0846-2023) MD-DIMAR-GLEMAR del 7 de noviembre de 2023, expedida por la Dirección General Marítima, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 2.4.4.8 de la Resolución Nº (0856-2023) de la Resolución Nº (0000000-2023 MD-DIMAR-GLEMAR del 7 de noviembre de 2023, expedida por la Dirección general Marítima y de conformidad con lo establecido en el articulo1 71 del Decreto Ley 2324 de 1984, modificado por el articulo 66 del Decreto 2106 de 2019, se ordenó publicar los avisos en un lugar publico de la Capitanía de Puerto de Santa Marta y en el Portal Marítimo Colombiano – Pagina Web de DIMAR, por un término de veinte (20) días calendario. 

Igualmente, el interesado hará la publicidad de la solicitud en el sitio donde se pretende desarrollar el proyecto mediante la instalación de una valla visible, de conformidad con la reglamentación que al respecto emitió la Dirección General Marítima, mediante la Resolución N° (0008-2020) MD-DIMAR-SUBDEMAR–ALIT de fecha 9 de enero de 2020, por el término de veinte (20) días calendario, y en un diario de amplia circulación regional por una sola vez, lo cual será verificado por parte de la Capitanía de Puerto de Santa Marta durante la permanencia del aviso en el lugar.

CONSTANCIA DE FIJACIÓN


SE PUBLICA EN LA MAÑANA DE HOY DOS (2) DE FEBRERO DE 2024, SIENDO LAS 08:00R, EL PRESENTE AVISO EN LA CARTELERA DE ACCESO AL PÚBLICO DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE SANTA MARTA Y EN EL PORTAL MARÍTIMO COLOMBIANO - PÁGINA WEB DE LA ENTIDAD, POR EL TÉRMINO DE VEINTE (20) DÍAS CALENDARIO.


CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN


SE DESFIJA EN LA TARDE DE HOY VEINTIUNO (21) DE FEBRERO DE 2024, SIENDO LAS 18:00R HORAS, EL PRESENTE AVISO DE LA CARTELERA DE ACCESO AL PÚBLICO DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE SANTA MARTA Y DEL PORTAL MARÍTIMO COLOMBIANO - PÁGINA WEB DE LA ENTIDAD, EL CUAL PERMANECIÓ PUBLICADO POR EL TÉRMINO DE LEY.


Capitán de Fragata CÉSAR HUMBERTO GRISALES LÓPEZ

Capitán de Puerto de Santa Marta