Un juzgado declaró improcedente una tutela instaurada contra el Distrito; y el Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó a un inspector de Policía el desalojo de todo el predio.
Luego que el pasado 2 de septiembre la Alcaldía de Cartagena, cumpliendo una orden del Consejo de Estado, restituyera el espacio público ocupado por el restaurante Café del Mar en el baluarte Santo Domingo, la empresa instauró una acción popular contra la Gerencia de Espacio Público Gepm, entidad del Distrito, y la Policía Nacional.
La tutela, radicada el 5 de septiembre por Jairo Morad Pérez y Óscar Fernando Arias Charry como representantes de la Sociedad Café del Mar S.A.S., acusaba sobre la presunta vulneración de derechos fundamentales en el operativo de desalojo, tales como al debido proceso, el derecho a la defensa y el acceso a la administración de justicia.
Morad Pérez, administrador del restaurante, describió en la tutela que el procedimiento fue indebido, pues argumentó que la Policía Nacional y la Gepm infringieron los derechos que derivados del contrato de arrendamiento que tenía el establecimiento al continuar con el operativo e incautar el mobiliario que necesita Café del Mar para funcionar.
Por ende, en cuanto a pretensiones, Café del Mar solicitó que se tutelen sus derechos fundamentales al ordenarse al Distrito y a la Policía Nacional la restitución de los bienes muebles incautados, los cuales debían ser devueltos al sitio del que fueron retirados en un término no superior a 24 horas si la tutela era declarada procedente.
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Tribunal ordenó el desalojo definitivo
El espacio público que era usado por Café del Mar en el Baluarte Santo Domingo no fue del todo recuperado por el Distrito, pues aún el tendal, donde funcionaba la cocina y la barra del restaurante, sigue ocupado con mobiliario. Para que se desaloje esta zona era necesaria una decisión del Tribunal Administrativo de Bolívar, comisionando a un inspector de Policía para que ejecute el procedimiento.
El pasado 28 de agosto, la Etcar solicitó al Tribunal Administrativo de Bolívar oficiar un despacho comisorio para realizar la diligencia y dar cumplimiento a la sentencia del 13 de agosto de 2019 del mismo tribunal y reiterada en 2022 por el Consejo de Estado.
Un despacho comisorio es un encargo que un juez o magistrado hace a un funcionario, por lo general un inspector de Policía, para ejecutar un desalojo.