Aclara Curador Urbano No 1 “Es imposible otorgar licencia en el Centro Histórico sin autorización de Mincultura y Comité de Patrimonio”

Jorge Tamayo, curador Urbano 1

Política
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El Curador Urbano Número 1 de Santa Marta, Jorge Tamayo, aclaró de manera enfática que el despacho a su cargo no otorga licencia de construcción en cualquiera de sus modalidades, dentro de la delimitación del Centro Histórico, sin previa autorización del Ministerio de Cultura y del Consejo Distrital de Patrimonio Cultural.

 El funcionario hizo tal aclaración ante denuncias de presuntas anomalías en la aprobación de solicitudes y otorgamiento de licencias de construcción para obras de demolición y construcción de obra nueva en algunos inmuebles ubicados dentro de los límites del Centro Histórico.


Ficha técnica de la obra de la calle 20 número 4-39 aprobada por el Ministerio de Cultura.
Ficha técnica de la obra de la calle 20 número 4-39 aprobada por el Ministerio de Cultura.

“De acuerdo a los lineamientos del Plan de Manejo Especial y Protección del Centro Histórico de la ciudad, el procedimiento para cualquier solicitud es el siguiente, primero, el titular de la solicitud deberá solicitar ante el Ministerio de Cultura la aprobación de la ficha técnica del inmueble, esta ficha contiene todos los aspectos de lo que se puede y no se puede hacer en el respectivo inmueble y lo que según sea el caso; una vez aprobada la ficha, se procede a hacer la solicitud ante el Comité Distrital de Patrimonio para que sea éste el que apruebe o no la intervención, esa aprobación se suscribe  a una revisión para establecer si el proyecto de intervención cumple con lo señalado en la respectiva ficha normativa aprobada por el Ministerio y una vez el Ministerio aprueba, entonces es cuando se radica la solicitud de licencia en la Curaduría”, explicó.

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Tamayo, enfatizó que el mismo procedimiento se debe cumplir cuando se trata de una licencia de remodelación o de cualquier otro tipo, como, por ejemplo, obra nueva, modificación o ampliación. “Cualquiera que sea la intervención requiere hacer todo el procedimiento que señala la norma, sin eso, es imposible que el curador pueda pronunciarse, pues necesariamente el solicitante tiene que cumplir los pasos previos del Ministerio de Cultura y del Comité de Patrimonio local”, precisó.

Oficio del Ministerio de Cultura, Dirección de Patrimonio y Memoria, autorizando la realización de la obra en la dirección antes mencionada
Oficio del Ministerio de Cultura, Dirección de Patrimonio y Memoria, autorizando la realización de la obra en la dirección antes mencionada


El curador Urbano No 1, dijo además que el Centro Histórico de Santa Marta, está delimitado desde la Avenida del Fundador  (carrera 1)  con Avenida Santa Rita (calle 22) hasta la intercepció
n de la Avenida del Ferrocarril y de allí hasta su intersección con la Avenida del Fundador (carrera 1) y resaltó que los inmuebles de ambas aceras de la Avenida Santa Rita  (calle 22) y de allí hasta la Avenida del Ferrocarril hacen parte del Centro Histórico.



Acta del Comité Distrital de Patrimonio aprobando la realización de la obra en la calle 20 número 4-39.
Acta del Comité Distrital de Patrimonio aprobando la realización de la obra en la calle 20 número 4-39.

Sobre la obra que se adelanta en el inmueble de la calle San Antonio (calle 20) con nomenclatura 4-39, dijo que la licencia otorgada a esta construcción se entregó con base en la aprobación del Ministerio, dirección de Patrimonio y Memoria notificada a su despacho el 8 de marzo de 2021 y con acta de aprobación del Comité Distrital de Patrimonio, firmada el 30 de septiembre de 2022 por José María Hernández, Martha Góngora y Jennifer Gómez.

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