La Comisión Escrutadora Municipal de Santa Marta – Magdalena, dio cumplimiento al fallo de la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial y resolvió calificar como votos no marcados los sufragios obtenidos por Jorge Agudelo Apreza.
En las últimas horas el Tribunal Superior revocó y declaró la revocatoria e improcedencia del fallo de tutela que había permitido la inscripción de Jorge Agudelo, por lo que se levantó la medida provisional que lo amparaba.
En el documento divulgado este 24 de noviembre, la Comisión Escrutadora resolvió además corregir el acta E26 correspondiente al escrutinio general de la Alcaldía de Santa Marta, en el marco de las Elecciones Territoriales 2023, dándole aplicación a lo dispuesto en la circular No. 002 de 2023 del Consejo Nacional Electoral. Añade que la decisión se notifica en estrados y que contra ella no procede recurso alguno.
Le podría interesar: Tribunal Superior tumba tutela que permitió inscripción de Jorge Agudelo
La Comisión citó este viernes que “procede a darle cumplimiento a la orden constitucional y a darle aplicación a lo dispuesto en la circular No. 002 de 2023 del Consejo Nacional Electoral que establece: La revocatoria de la totalidad de una lista de candidatos a cargos uninominales no representa una opción válida en la respectiva tarjeta electoral. En consecuencia, no puede computarse como voto válido o nulo sino que debe considerarse como tarjeta NO marcada, la cual carece de efecto para la fase de escrutinio”.
El fallo de la tutela de la candidatura de Agudelo cambia sustancialmente su situación jurídica. Corolario a lo anterior, es necesario realizar la modificación del Acta General de escrutinios y del Formulario E-26, a instancias de la suscrita Comisión Escrutadora.
“En estricto cumplimiento del fallo emitido por el Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta que retrotrae la situación y coloca en inexistencia las aspiraciones políticas de Jorge Agudelo, deja de existir la candidatura, situación que hace que los votos consignados por el mismo deban trasladarse a la figura jurídica de votos no marcados, mismos que carecen de poder vinculante, al no ser opción política alguna”, dice el documento.
Ver auto de trámite No. 3 del 24 de noviembre del 2023 de la Comisión Escrutadora de Santa Marta:
El auto de trámite explica que Agudelo además pierde la facultad para actuar ante la comisión dado que no aparece como candidato acreditado como testigo con formulario E-16 como apoderado debidamente acreditado o con derecho de postulación.
Quizás le interese: Petro se pronuncia tras la revocatoria de la tutela que inscribió a Jorge Agudelo
Por su parte, el abogado Alexander Zabaleta expuso que ahora “debe darse la lectura y consolidación de las zonas que faltan y que la Comisión Escrutadora General declare la elección del alcalde de Santa Marta, que como están las cosas hoy será Carlos Alberto Pinedo Cuello, mandatario de los 500 años”, dijo.