Eutanasia o cuidados paliativos

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



Acaba de ser sancionada la ley 1733 de 2014 que regula el manejo integral con pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenera-tivas e irreversibles. Dispone la nueva ley que debe haber servicios paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales.
Supone un tratamiento integral del dolor del paciente, el alivio del sufrimiento teniendo en cuenta los aspectos sicopatológicos, físicos, emocionales, sociales y espirituales de acuerdo con las guías de práctica clínica que expida el gobierno para cada patología. El galeno queda obligado a utilizar los medios clínicos y medicamentos a su alcance para enfrentar la enfermedad, con la esperanza de aliviar o curar si es posible la misma.
Se excepciona la muerte cerebral. Hay la obligación para el médico de estar informando a los familiares del curso de la enfermedad y de los medios utilizados. Igualmente se le permite al paciente o allegados mas cercanos, el suscribir documentos anticipados para no someterse voluntariamente a procedimientos innecesarios. De todas maneras, se le permite al paciente pedir un segundo diagnóstico sobre su padecimiento.
Ese documento de voluntad anticipada que puede suscribir el paciente es para evitar tratamientos innecesarios que eviten prolongar su vida digna y la voluntad de significar que hace donación de órganos. Si el paciente es menor de 14 años, son los padres los llamados a suscribir el documento sobre voluntad anticipada. Si es mayor de 14 años y no poderlo hacer directamente el paciente, corresponde al cónyuge o hijos. No obstante, que el ejecutivo había objetado la ley, la Corte Constitucional mediante sentencia C-233 de 2014 la declaró exequible, es decir ajustada a la Carta. No podemos confundir los medios paliativos con la eutanasia que es el derecho del paciente a una muerte digna, como en el caso de la norteamericana Brittany Maynard, que puso fin a sus días el pasado sábado. Un cáncer cerebral la llevó a esa determinación.
No obstante su juventud de 29 años e ignorando si la ciencia médica del futuro llegue a la cura de ese tipo de males formalizó su despedida, como quien se va para un viaje al exterior. Su despedida de sus amigos, padres y del mundo lo hizo en forma estoica cumpliendo con la eutanasia que en Colombia no se da legalmente.
Tuvo que ir del estado californiano al de Oregón donde la eutanasia está permitida para ejercitar esa forma de suicidio asistido medicamente de esta joven y bella mujer. La opinión americana y mundial se divide ante este altar a la muerte digna, pero como dice el Jornal de medicine los cuidados paliativas que empieza a permitirse en la legislación colombiana es la mejor opción para los enfermos terminales, que el suicidio asistido de la eutanasia. La Srta. Maynard se convirtió en lacara pública del derecho que seguimos aferrados a la vida. Como columnista llamamos a la reflexión de nuestros legisladores.