A convivir con nuevo Código de Policía

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Escrito por:

Jairo Franco Salas

Jairo Franco Salas

Columna: Opinión

e-mail: jairofrancos@hotmail.com



Tenemos innumerables problemas, muchos inminentes, a los cuales no les estamos prestando la atención debida, los creemos superables e insignificantes pero no es así, generan violencia y no nos permiten la convivencia con civilidad.
El actual Código Nacional de Policía será reemplazado, no es conocido por la totalidad de los colombianos, diríamos que es prácticamente desconocido y poco aplicado; rige desde 1.970, aunque con múltiples reformas no se ajusta a la realidad. Actualmente se cometen conductas que ni se consideran contravenciones y menos delitos; el Código de Policía tiene que ver con las primeras. De verdad que se necesita un nuevo código que contemple y enfrente esas conductas novedosas, que crea este mundo moderno, no ajenas en el momento al pueblo colombiano y de no sancionarse originarían delitos. Existe por ahí un refrán que dice: Lo que no se controla a tiempo, más adelante acarreará graves problemas. El proyecto de Ley que cursa en el Congreso de la República trae conductas que ya las visualizamos en el día a día y que no se contemplan como contravenciones ni delitos y que ameritan ser sometidas al rigor de un ente. Desde ya, se escuchan críticas de algunos; en el momento solo ha cursado un debate de cuatro que debe cumplir; precisan algunos que la Policía Nacional no puede ser juez y parte, están bastante desenfocados, considero que los Jueces de la República no tendrán que asomarse para nada en este andamiaje, debido a que es de exclusiva aplicación de Alcaldías, Secretarías de Gobiernos, Inspecciones de Policía y la misma Policía Nacional. El Código de Policía conoce y sanciona contravenciones y los jueces penales delitos.
El nuevo Código de Policía incorporará 19 tipos de sanciones: Las amonestaciones, destrucción del bien incautado, reparación del bien, prohibición de ingreso a eventos, participación en programa o actividad pedagógica de convivencia, suspensión temporal o definitiva de actividad. Habrá multas especiales para organizadores de eventos que incumplan, serán entre 100 y 5.000 salarios mínimos mensuales vigentes. A las constructoras por infracciones urbanísticas entre 5 y 25 S.M.M.V.A., a continuación relacionamos algunas conductas sancionables: Utilizar a menores para la mendicidad: $650.600; evadir el pago de la tarifa en sistema de transporte masivo: $325.333; no recoger excremento de su mascota: $81.300; comprar celulares robados: $162.166 y destrucción del aparato; portar armas blancas de aire o que simulen de fuego: $162.166 y prohibición de ingreso a lugares con aglomeración; fumar en sitios prohibidos: Amonestación; dar falso aviso a las autoridades de una emergencia: $325.333; publicar fotos intimas o privadas de una persona sin su consentimiento: $325.333; no cumplir con un evento o su programación: Desde 61 a 3 mil millones de pesos. El control sobre el pago de las multas estará a cargo de las autoridades locales, llegando a cobros coactivos y tendrán 36 días hábiles para resolver una situación. También se sancionará con 650 mil pesos; ejercer cualquier tipo de violencia contra la mujer, sea verbal, sexual, física o sicológica; se protegerá además a la población Lgbti.
Este nuevo estatuto le brindará nuevas herramientas a la Policía para que actúe de manera oportuna y ágil, que reduzca la violencia para solucionar conflictos que ya se están volviendo cotidianos; claro está que toca el bolsillo del ciudadano. Esta medida es disuasiva, muchos recapacitamos y aprendemos así. El camino al crimen se avizora y se controla en cierta forma con la debida aplicación de un Código de Policía. Se debe vigorizar y fortalecer el ejercicio del ente policivo para que actúe como una pared contundente ante la actividad delincuencial que crece notoriamente.