El ojo por ojo de la diplomacia

Columnas de Opinión
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Escrito por:

José Lopez Hurtado

José Lopez Hurtado

Columna: Opinión

e-mail: joselopezhurtado13@yahoo.es



La palabra se antoja repelente, si se nos permite la expresión, al compararla con el léxico refinado, que se estila en los dorados salones de la diplomacia. No encaja con otras de mejor factura, como beneplácito, canje de notas, inmunidad etc., eso creemos. Incluso la literatura oficial como la de los Tratados—vrg.

la Convención de Viena y sus Protocolos--, poco la utilizan, por no decir que es inexistente. Sin embargo, sus remotas manifestaciones se hunden en la historia de los tiempos, cuando las primeras civilizaciones. La “Lex Talions” (Ley del Talion), es su aproximación inmediata, pero también, en algunos casos, su versión más extrema: “Si un hombre acusa a otro de un asesinato, y no puede probarlo, su acusador será ejecutado”.// “Si un hombre golpea a otro mayor que él, le darán en público 60 azotes con “vergajo” de buey “, etc. 

El Código de Hammurabi, rey de Babilonia, siglo XVIII, A.C, que la contiene, es una versión amplificada del espíritu que anima a la Retorsión- por fin la mencionamos-a la que deseamos referirnos en este escrito, guardadas proporciones, por supuesto, con su pariente primitiva, la del Ojo por Ojo.

La Retorsión entonces, equivalente a la Ley del Talión, es el ánimo vindicativo de responder una afrenta en los mismos o parecidos términos, de la recibida.  

Es el Ojo por Ojo de la Diplomacia, y corresponde por su propia naturaleza, a un acto inamistoso que, de todas maneras, no es violatorio del derecho Internacional, y diferente, en su esencia, a las represalias, que en principio si son ilegales, pero permitidas excepcionalmente, como respuesta a la violación de un derecho por parte de un Estado. Toma y Daca. 

Existen algunos casos recientes de Retorsión, como el del retiro del embajador de Taiwán en Honduras, como respuesta a la visita que hizo la Canciller de este país a China, o uno que nos parece típico, ocurrido en 2018, cuando el gobierno panameño incluyo a algunos funcionarios venezolanos en una lista de “alto riesgo “en temas de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. El gobierno (¡) de Maduro, en respuesta, “suspendió”, algunas de las operaciones comerciales, que tenían destino o asiento en Panamá.

La filigrana tejida, como “ultima ratio” de la diplomacia, debe ser de tal manera elaborada, que encuentre la proporción más conveniente y simétrica, para impedir que se traspasen los linderos que aconsejen la prudencia y el buen tacto, y se incurra en la represalia, que como se dijo, puede, por su desproporción, alcanzar ribetes de ilegalidad y rechazo internacionales.

La “suspensión” de las relaciones diplomáticas entre la dictadura de Nicaragua y el Vaticano, que trataremos en nuestro próximo escrito, es el caso más ilustrativo de lo que preferimos llamar Principio de Reciprocidad Negativa (PRN), antes que usar la incómoda palabra, a la que nos referimos al principio.