La teoría pura del derecho y los derechos sociales fundamentales

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Escrito por:

Luis Tabares Agudelo

Luis Tabares Agudelo

Columna: Opinión

e-mail: tabaresluis@coruniamericana.edu.co


Hans Kelsen fue uno de los más destacados juristas y filósofos del derecho del siglo XX. Una de sus obras más importantes es La teoría pura del derecho, publicada por primera vez en 1934. En ella, propone una teoría normativista del derecho que se centra en la estructura lógica del sistema jurídico y en la relación entre las normas jurídicas y el poder político. Afirmó que la validez de una norma jurídica no depende de su origen político, sino de su coherencia interna y su ubicación en la pirámide normativa.

Ahora bien, la teoría pura del derecho se distingue de otras teorías, como el positivismo jurídico o el naturalismo, al rechazar la idea de que el derecho se derive de principios morales o sociales. Para Kelsen, el derecho es un sistema cerrado y autónomo que se fundamenta en sí mismo, sin necesidad de recurrir a principios externos.

Mientras tanto, el doctor Rodolfo Arango es un reconocido abogado, filósofo y académico colombiano, que ha realizado importantes aportes al desarrollo del derecho constitucional. Una de las áreas en las que ha concentrado sus investigaciones y reflexiones es la de los derechos sociales fundamentales vinculándolos con el principio de dignidad humana, que reconoce a cada persona como un ser valioso en sí mismo, merecedor de respeto y consideración por parte de la sociedad y del Estado. 

Uno de los aportes más relevantes al debate sobre los derechos sociales fundamentales ha sido su defensa de la idea de que estos derechos no son simplemente aspiraciones o promesas vacías, sino que tienen un contenido concreto y exigible. Según él, los derechos sociales fundamentales implican una obligación por parte del Estado de crear las condiciones necesarias para que las personas puedan disfrutar de una vida digna, y por tanto, pueden ser objeto de protección judicial y administrativa. 

Así las cosas, del Concepto derechos sociales fundamentales, el libro de Rodolfo Arango, el autor se enfoca en estos derechos como aquellos que garantizan la igualdad, la dignidad y la justicia social. Argumenta que estos derechos no solo son necesarios para el bienestar individual, sino que también son esenciales para el desarrollo de una sociedad justa y equitativa. Por otro lado, el libro de Hans Kelsen no aborda específicamente los derechos sociales fundamentales, sino que se enfoca en la teoría pura del derecho en general.

Pero, ambos autores discuten el concepto de derechos subjetivos, como aquellos que confieren a las personas una facultad para exigir el cumplimiento de una obligación por parte de otro sujeto de derecho. No obstante, sus enfoques son diferentes. Arango enfatiza la dimensión social y colectiva de los derechos subjetivos, argumentando que estos derechos tienen una función social que trasciende el interés individual. Y, Kelsen se enfoca en la estructura lógica de los derechos subjetivos, afirmando que estos son un producto de la norma jurídica y que su existencia depende de la validez de esta norma. En cambio, mientras que Arango enfatiza la necesidad de que el derecho positivo sea coherente con los valores fundamentales de la sociedad, Kelsen sostiene que la validez del derecho positivo depende únicamente de su conformidad con la norma fundamental.

Para concluir, en relación a la posición jurídica del sujeto en el poder jurídico, en cuanto a la facultad de imponer un derecho, Kelsen eleva la facultad de demandar a característica constitutiva del concepto de derecho subjetivo. Le da la más alta importancia para la activación de los derechos subjetivos a la demanda. Sin embargo, el doctor Arango, afirma que la exigibilidad o facultad de demandar no es la condición necesaria para la existencia de un derecho subjetivo, aunque abre una puerta al afirmar que los derechos subjetivos deben ser garantizados por aperturas de caminos legales.