La misma inoportuna tributaria (Parte II)

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Escrito por:

Juan Galán Pachón

Juan Galán Pachón

Columna: Opinión

e-mail: prensa@juanmanuelgalan.com



En el proyecto de reforma tributaria se deja la misma tarifa del impuesto de renta a las empresas de 35% sobre las utilidades, que es superior a los países de la Ocde -a la cual pertenece Colombia-, que nos hace menos competitivos; ésta se debería reducir paulatinamente hasta llegar al 30% como lo propone Fedesarrollo. Esto, además va en contra del establecimiento de nuevas empresas y de la generación de empleo.

Se aumenta el impuesto de renta a las personas naturales y se establece el impuesto a las pensiones mayores a 1.790 UVT que equivaldrá para 2023 a $73.866.140, y al dividirlo en

13 mesadas serán las pensiones superiores a $5.682.010 mensuales. Estos pensionados no son de clase alta como dijo Gustavo Petro en su campaña, que gravaría sólo a los 4.000 más ricos.

Un impuesto al patrimonio a las personas naturales con patrimonio líquido superior a $2.971 millones.

Estas personas ya tributaron sobre la constitución de dicho patrimonio, por consiguiente, iría en contra del ahorro y constituye doble tributación.

Se incrementa el impuesto de renta a los dividendos. Como bien lo han señalado varios tratadistas del tema, entre otros el profesor Enrique Low Murtra en un escrito de 1979, esto se considera doble tributación, porque las utilidades se gravaron en cabeza de la sociedad y sobre la misma base se grava al accionista o socio.

Se crean cuatro nuevos impuestos nacionales: el impuesto nacional sobre los productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes cuya tarifa será de $2 por gramo; el impuesto nacional al consumo de bebidas ultra procesadas y azucaradas; el impuesto nacional al consumo de productos comestibles ultra procesados y con alto contenido de azucares añadidos.

Estos tres impuestos tienen buenas intenciones, pero los cambios en el consumo de las sociedades se demoran, sus efectos positivos en salud pública son a largo plazo y afectan a los sectores populares que consumen estos productos. ¿Qué opción tendrán a corto plazo?

Finamente, el impuesto nacional a las exportaciones de petróleo crudo, carbón y oro sobre su valor en dólares, sobre precios umbrales o precios base.

Esto afecta a los inversionistas nacionales y extranjeros en este sector, teniendo en cuenta las fluctuaciones de estas materias primas en el mercado; si sus precios bajan y están cerca al umbral no se recaudará este impuesto. Además, tendrá un efecto negativo para el desarrollo del país y la inversión extranjera, e impacta en las regiones donde se tienen estos productos, ya que tendrán menores ingresos por regalías.

No es esa reforma estructural que ha estado esperando el país en los últimos años, no ajusta el enredado estatuto tributario que parece una obra de Kafka.

Es la típica y acostumbrada reforma tributaria que sólo busca recaudar más impuestos sobre los mismos contribuyentes sin impactar en los informales de altos ingresos que seguirán sin tributar.

Como lo dijo Juan Carlos Echeverry, en este año no se requiere esta reforma.

Se podría esperar hasta 2023 o 2024 para presentarla, dada la coyuntura de la economía mundial. Además, como se planteó en la pasada columna, en lo que resta de 2022 y en el primer semestre de 2023 no se tiene el plan nacional de desarrollo del nuevo gobierno para la asignación de estos recursos en los planes y programas que pretende adelantar.