Cadena perpetua a asesinos y violadores de niños

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Escrito por:

Jairo Franco Salas

Jairo Franco Salas

Columna: Opinión

e-mail: jairofrancos@hotmail.com



Desde la Presidencia de la República, la ciudadanía afectada directamente; incluyendo la hija de la ex senadora Gilma Jiménez, promotora hasta su muerte de este Acto Legislativo, celebraron efusivamente el nacimiento de esta norma, que rondaba al Congreso desde hacía trece años. La cadena perpetua en adelante, luego de la firma del presidente, sentenciara a asesinos y violadores de niños.

La prisión perpetua; también, denominada cadena perpetua, se erigió mediante Acto Legislativo, reformando el Art. 34 de nuestra Carta Magna que la prohibía, igual la pena de muerte, el destierro y la confiscación; la norma naciente expresa que podrá ser valorada por jueces después de 25 años de pena, mediante la revisión. El Gobierno Nacional, dispondrá de un año para reglamentar la novedosa norma en el ordenamiento penal colombiano.

Este es un mensaje que el Congreso de Colombia entrega al país y el mundo, indicando que se quiere avanzar más, para que los delitos contra los menores sean castigados severamente; no prescriban, le agrego, que tampoco se venzan los términos; cumpliéndose aquí la premisa que los derechos de los niños prevalecerán sobre los derechos de los demás.

El Acto Legislativo, denominado: “Ley Gilma Jiménez”, ex senadora fallecida, quien en vida procuró verlo materializado, ya que el trámite, mediante Referéndum una década atrás lo tumbó la Corte Constitucional por vicios de trámite, tiene sus contradictores, renombrados juristas que lo tildan que contiene un populismo punitivo; aunque, la voluntad popular se mostró más favorable que en esa época; su último debate en el Congreso de ocho que requirió, lo dio la plenaria del Senado con 77 votos contra cero, con argumentos, que es una deuda que se tenía con los niños; de hablar frente a frente lo que piensa el país; lo que decida la Corte Constitucional será otra cosa.

Preguntamos ¿La cadena perpetua tendrá el efecto de disuadir para acabar los crímenes contra niños por parte de sus abusadores? Ante la creciente criminalidad a menores de 14 años, traemos al momento aquí los efectos de la pena, determinados así: Castigar al infractor por el tipo penal que cometió; que la sociedad sea protegida de ése delincuente, se le aparte de ella y que sirva de escarmiento para que otros no cometan la misma conducta antisocial; sin embargo, penalistas opinan que con la revisión, al penado, luego de los 25 años, demostrando que se ha resocializado, podrá ser excarcelado; contrario a lo que piensan defensores, que los asesinos y violadores de niños, nunca se resocializaran y solo desean y piden que éstos se pudran en la cárcel.

Recordemos que en el país existió la reclusión perpetua, la estableció la Constitución Política de 1.886, pero fue abolida por reforma ocurrida en 1936.
Hoy se instaura en Colombia la prisión perpetua de manera excepcional, cuando se cometan delitos de homicidio, secuestro, tortura y abuso sexual a menores de 14 años; la Corte Constitucional tiene la palabra.