Anotaciones sobre la ley 100

Columnas de Opinión
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger

Escrito por:

Joaquín Ceballos Angarita

Joaquín Ceballos Angarita

Columna: Opinión 

E-mail: j230540@outlook.com


Estatuto marco de la Seguridad Social de Colombia, expedido en el año de 1993, defendido por muchos y vituperado y vapulado por implacables críticos y detractores. Ordenamiento normativo al que le han subseguido no pocas leyes que lo modifican, adicionan y complementan.
Sería farragoso enunciarlas. La Ley en comento tiene veintisiete años de vigencia. Su cuna se meció en el Congreso de la República. En la Casa de las leyes. En el seno de esa corporación fue radicado el proyecto que hizo tránsito por Senado y Cámara, debatido en las comisiones de aquel y de esta, aprobado en ambas instancias, enviado a sanción presidencial, signado por el Presidente de esa época y convertido en Ley de la República. Como toda ley, es producto de la inteligencia y de la voluntad de seres humanos y, como dice el proverbio secular, Humanum errare est. Es axiomático que ninguna ley es perfecta, pues son falibles sus autores; además es norma abstracta general reguladora de un espectro fáctico extenso y muy complejo que la previsibilidad de los legisladores no alcanza a cubrir, taxativamente, en toda su magnitud.

Pero, también se acepta el postulado de que toda ley es susceptible de perfectibilidad. Y hacia el logro de este propósito se endereza el número crecido de preceptos que le introducen variaciones a la normatividad primigenia. Es inveterado el concepto de que al legislador se le presume sabio. De contera goza de la presunción de buena fe que ampara a los ciudadanos rasos y a los servidores públicos, por imperio de la Carta Política. Es posible inferir, entonces, que la Ley 100 fue elaborada por quienes, en ejercicio del poder que les confirió el pueblo soberano, legislaron consciente, honrada y responsablemente en beneficio de sus electores, es decir, de los connacionales, sin distingos y para el bienestar colectivo. Esta aseveración, en el momento actual en que el Congreso ha caído en enorme desprestigio puede resultar sarcástica No obstante, debemos repetir que la ley materia de este comentario rige desde hace veintisiete años y el parlamento no se había degradado hasta el extremo que hoy padece; en el templo augusto de la democracia ocupaban curules hombres y mujeres probos, honorables, con sentimiento patriótico, en su gran mayoría; actualmente los adornados por esos atributos son menos, rodeados -para infortunio de las buenas prácticas éticas- de trapisondistas, logreros y autores de delitos de lesa humanidad. Ofende a la dignidad nacional tener a individuos de abominable laya en el laboratorio de las leyes. Algunos difamadores de la Ley 100 le atribuyen a ella la oprobiosa corrupción que afecta a hospitales, clínicas y a varios sectores de la salud pública colombiana.

Incluyen a EPS, IPS, y centros de atención privados. Imposible negar esa realidad. Ante ella cabe preguntar: ¿Quiénes son los responsables del saqueo del dinero de la salud? La respuesta es obvia: Los ladrones de cuello de distintos colores. Individuos lampiños y barbudos que ostentan credenciales y levantan voces altaneras en el Congreso Nacional y mucho nexo tuvieron con entidades intervenidas, y otros apertrechados en elevadas posiciones gubernamentales. La ley es “ordenación de la razón”. No es ladrona ni incita a delinquir. La 100 no es la excepción y ninguno de sus 289 artículos patrocina el robo de la plata de la salud. Está edificada sobre principios axiológicos y teleológicos y procura que, mediante participación pública y privada, los colombianos tengan servicio de salud y seguridad social eficiente y con amplia cobertura. Señalarla de ser factor proclive al latrocinio es estolidez supina. Tanto como proscribir la legislación penal porque se cometen delitos o achacarle a los Códigos los yerros judiciales. La intención de la ley es sana; los corruptos son los perversos.