Holding financiero estatal

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Escrito por:

Wilfrido De la Hoz

Wilfrido De la Hoz

Columna: Opinión

e-mail: wilfridodelahoz@gmail.com



El Presidente de la República ha hecho un llamado a inversionistas de grandes capitales del mundo para que invirtiendo en Colombia incentiven el crecimiento de sectores económicos de gran impacto para la economía nacional, durante el evento de entrega de las recomendaciones preparadas por la Misión del Mercado de Capitales, las cuales tienen como propósito guiar la política pública colombiana para el desarrollo y la promoción de este mercado.

Para ese propósito el Gobierno Nacional ha lanzado la idea de la conformación de un holding financiero que aglutine capitales del sector público; por lo tanto, para facilitar la concreción de esta idea el Jefe del Estado recomendó e instruyó a su ministro de Hacienda y Crédito Público la creación del holding financiero estatal.

Ahora bien, debido a que esta figura no es de común tratamiento en nuestro medio, me permito hacer las siguientes aclaraciones: ¿Qué es un holding? Holding es una palabra inglesa utilizada para referirse a la compañía que controla las actividades de otras, mediante la adquisición de todas o de una parte importante de sus acciones. En este caso, se trata de una sociedad financiera que posee la mayoría de acciones y lleva la administración de un conjunto de empresas que se dedican a diversas actividades económicas.

Recapitulando sumaria y ordenadamente lo descrito anteriormente eso es lo que, en buena hora, ha anunciado el Gobierno Nacional. En la constitución estatutaria de dicho holding estaría el Banco Agrario, las entidades financieras estatales y aquellas compañías o sociedades mixtas o privadas que en la descripción de su objeto social, para tal fin, manejen recursos del Estado, ya sean de la Nación, los Departamentos, Distritos, Áreas Metropolitanas o Municipios de cualquier categoría.

Tal como ocurre en Colombia, cuando se proponen ideas nuevas, se han refunfuñado voces en contra o con serias dudas al respecto. Por ejemplo Rodrigo Galarza, asesor legal de la mencionada Misión, asegura que en la estructura administrativa del Estado no existe un responsable de pensar y planear el mercado de capitales; debido a ello dice que es mejor la creación de una Dirección General de Política para el Desarrollo y la Promoción del Mercado de Capitales dependiente del despacho del Ministro de Hacienda o bajo la coordinación del Viceministerio Técnico.

Un hecho cierto se agita en la sombra, en el sentido que en nuestro país no está muy consolidado el mercado de capitales, pues se estima que en la actualidad hay pocas empresas listadas en la Bolsa de Valores; pero el Gobierno Nacional cuenta con la Ley 1870 de 2017 la cual en su artículo primero describe la supervisión y regulación de los conglomerados y holdings financieros. Además, describe los instrumentos de intervención y las facultades que tiene la Superintendencia Financiera.

La figura del holding financiero estatal se considera que representa una excelente estrategia para el crecimiento de las inversiones que garanticen la rentabilidad de los recursos disponibles para la inversión en bienes de capital que coadyuven aumentar el crecimiento económico de la Nación y así lograr un mejor estar social de la población. El Gobierno destacó llevar a cabo mediante Decretos las recomendaciones expuestas por la Misión, aunque para implementar algunas de ellas se hace necesario tramitarlas ante el Congreso de la República.