Objeción

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Ricardo Villa Sánchez

Ricardo Villa Sánchez

Columna: Punto de Vista

e-mail: rvisan@gmail.com



No nos dejaremos arrebatar la Paz. Rafael Alberti.

Con el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto & la construcción de una Paz Estable y Duradera, se puso fin a un cruento conflicto social, económico y político armado de más de cinco décadas en Colombia. Sus contenidos, es deber del Estado implementarlos y su construcción colectiva, es una tarea ciudadana. La Paz es una política de Estado que trasciende los gobiernos de turno. Además, es un derecho humano establecido en la Constitución y, por tanto, un mandato del pueblo. Cualquier ajuste que se haga al Acuerdo de Paz, debe partir del poder constituyente primario, de la idea de transformar el país, de avanzar en la justicia social, la igualdad y la equidad, necesarios para ir unidos a la construcción de la Paz y la reconciliación.

El Acuerdo de Paz, al interpretarlo la Corte Constitucional y con su depósito en organismos multilaterales, además de las normas y jurisprudencias, que lo han interpretado, elevaría su rango a las garantías del bloque de constitucionalidad. Este tipo de acuerdos son para cumplirlos de buena fe y crean obligaciones entre las partes, máxime si reúnen los requisitos de existencia y validez, que expresan la libre voluntad de las partes.

El Acuerdo de Paz, inicia un proceso de reconciliación nacional, que pone en el centro a las víctimas, con base en un sistema integral para realizar los derechos a la verdad, a la justicia, a la reparación integral y a la garantía de no repetición. Esto se constituye en la Columna Vertebral de la Lucha Contra la Impunidad, que se materializa, entre otras instituciones, con la Jurisdicción Especial para la Paz.

Las razones de conveniencia, expresadas por la Presidencia de la República, en relación con el Proyecto de Ley Estatutaria de Justicia, tienen una iniciativa gubernamental, lo que rompería la identidad de lo actuado. En una democracia, basada en el equilibrio de poderes, las razones de conveniencia, tampoco deberían ir más allá de lo señalado por el tribunal de cierre constitucional y mucho menos, por el constituyente primario.

Desde que el ‘Pacificador’ de Urabá Rito Alejo del Río, se sometió a la JEP, inició aportes a la verdad, sobre sus arbitrariedades, en relación con el conflicto armado, y se apartó de sus auspiciantes, se armó la de Troya ¿Este sería uno de los detonantes para pretender acabar la JEP? ¿A qué le temen? Otras preguntas sueltas, serían: ¿Qué pasaría si los llamados parapolíticos, para empresarios y demás actores claves del conflicto, se sometieran voluntariamente a la JEP, los militares acudieran en forma masiva, los grandes jefes de autodefensas extraditados, la cúpula guerrillera y sus terceros colaboradores?; ¿Qué pasaría si el Sistema del que hace parte la JEP, tuviera acceso a todos los archivos de la justicia norteamericana, frente a los tratos de alternatividad penal, que han hecho los extraditados, y los contextualizara y los develara? En vez de estar pensando en hacer trizas los Acuerdos de Paz, ¿por qué no lo ven como una ventana de oportunidad para avanzar con su implementación, en el desarrollo humano sostenible del país, y así pasar a la historia, con el legado de profundizar la democracia, para cerrar el capítulo del conflicto armado?

Ir contra la Paz, se constituye en una violación a un derecho colectivo establecido en la Constitución Política Nacional y en las normas y jurisprudencias que desarrollaron el Acuerdo de Paz; esto sería incumplir un deber del Estado. Ir en contra de la Paz sería ir en contra del pueblo e intentar reescribir la historia al acomodo de los intereses de turno. Ir en contra de la JEP, es arrebatarnos la esperanza de Paz.