Útiles inútiles

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Jairo Franco Salas

Jairo Franco Salas

Columna: Opinión

e-mail: jairofrancos@hotmail.com



Se acerca la época de ingreso al colegio que incluye pago de matrículas, compra de útiles, textos, uniformes; época en la que siempre y con las advertencias que se hacen se presentan abusos por parte de instituciones educativas; esperamos que esta no sea una más, que no pase inadvertida, que los colegios tengan en cuenta que deben someterse a la ley y que si la violan serán severamente sancionados.

 

Empecemos con las matriculas que no deben ser incrementadas más de un 6.36% en los colegios privados. Al respecto, la legislación exige que la lista de útiles y textos incluya un calendario o cronograma de uso de los mismos, con el fin que los padres de familia los adquieran progresivamente a medida que se requieren.

A los colegios no se les permitirá vender los útiles y está prohibido direccionar al padre de familia donde los deben comprar. Algo que siempre hacen los colegios es de exigir todos los útiles para que permanezcan al interior de ellos; estos elementos son de uso exclusivo de los estudiantes y son los padres de familia quien los deben administrar, no los rectores de colegio como actualmente se hace; repetimos el control corresponde a los padres. También se prohíbe a los colegios solicitar útiles inútiles y uniformes de marcas específicas. Los padres de familia tienen la libertad de escoger en el mercado lo que más se ajuste a su presupuesto.

Algo a lo que están acostumbrados los colegios es solicitar bonos, donaciones, cuotas de compensación; cualquier tipo de contribución está completamente prohibido. Los servicios de transporte y alimentación del alumno son voluntarios; los padres no están obligados a que sus hijos sean transportados en vehículos de propiedad de la institución educativa.

La Ley 1269 de 2008, vigente señala las sanciones para los colegios que le incumplan; la ignorancia de la ley no es excusa para que no sean sancionados; con multas que oscilan entre 50 y 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes. El no pago de estas multas o reincidir en el hecho irregular implicará cierre definitivo de la institución educativa.

Otra norma que violan los colegios es que las listas de materiales educativos que incluyan útiles, uniformes y textos deben ser aprobados por el Consejo Directivo del establecimiento educativo en el cual deben estar representados padres, alumnos, ex alumnos; pero muchos colegios no lo tienen lo que les llevará a otras sanciones.

Desde el 2012, la enseñanza en Colombia en instituciones oficiales no tiene costo, lo que se ha denominado "gratuidad universal" del grado 0 al 11, tanto en zona urbana como rural del país; no pagaran los padres derechos académicos ni tampoco servicios complementarios.

Podrán ser impuestas multas desde los 32 hasta los 128 millones de pesos por el Ministerio de Educación Nacional, así lo ha manifestado su titular Gina Parodi a las instituciones educativas que incumplan la ley: En sí los útiles escolares deben estar orientados directamente a apoyar al estudiante y en ningún momento pueden convertirse en una carga desproporcionada para los padres de familia; ni menos reemplazar los gastos de funcionamiento del colegio que es lo que usualmente sucede.

El mensaje final es que ante los abusos de muchos colegios, estos deben ser denunciados por las asociaciones de padres para que la ley se haga valer y no sea letra muerta. Las denuncias deben realizarse para que surtan un debido proceso y no se queden como quejas en la indiferencia, en el olvido.