Escrito por:
Alfonso Lopez Carrascal
Columna: Pedagogía Constitucional
e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com
La Constitución Nacional de 1886, establecía en su menú, lo que se llamaba el clientelismo, en que se miraba al mejor político, que repartía burocracia a diestra y siniestra y se parcelaban, el poder de los empleos públicos, con la seguridad de que eso se iba a reflejar en votos y así se vivió durante 105, años. La Constitución política, de 1991, nos trae otra fórmula, y que también ha dado entrada a la corrupción, como es la aplicación de los contratos.
El político, dominante, busca para sus amigos, personas naturales o jurídicas que les adjudiquen contratos, para poder lograr un porcentaje destinado para ellos y sus campañas políticas.
Hoy únicamente se habla de contratos y los gobernantes de turno, buscan a sus personas para darle contratos con la obligación de darles a ellos un porcentaje que oscila entre el 30 y el 40%, lo que provoca sobrecostos en las obras y muchas veces, obras que no resisten el paso del tiempo y se debe volver a otro contrato. Aunque el derecho penal, castiga la contratación pública sin el lleno de los requisitos legales, pensamos que el legislador debe agregar otro ingrediente mas, de carácter anticorrupción, y que sería por parte del contratista hacer una declaración publica ante notario, y bajo la gravedad del juramento, de que no se le ha exigido, participación porcentual alguna y también de que no ha ofrecido, al contratante suma alguna; este sistema aliviaría en gran parte, que el gobernante, tenga en los contratos una fuente para enriquecerse en forma ilícita, basta únicamente , que se surta la ley, y se agregue ese ingrediente del juramento, en todo contrato público.
Otra recomendación que haríamos, es que los gobiernos de turno y en especial el actual con el que nos identificamos políticamente, ha permitido, que las entidades privadas que manejan los servicios públicos, eleven los precios, como se viene haciendo en energía y agua. Un mecanismo oficial seria que una entidad como la que maneja las regalías, y para que estas en su totalidad, no vayan a engrosar el reparto corruptivo, entre los gobernantes de turno, que se fije por ley, un determinado porcentaje, que se les entregue a esa entidades de servicio público, para que abaraten los servicios, como subsidio ya que si baja el costo de los servicios, la empresa privada pude montar empresas que ayudarían al empleo, y habiendo mas empleo, debe haber mas bienestar.
No olvidemos que nuestra constitución dentro de los principios que deben gobernar el Estado, debe estar el de propiciar el bienestar y la prosperidad de todos los habitantes. Las regalías deben ser para eso, en un porcentaje que señalaría la propia ley, ya que la Constitución de 1991, dentro de su economía neoliberal que propicio el gobierno de Gaviria, entregó a estas entidades privadas el ejercicio y cobro de los servicios públicos, hoy considerados como un derecho fundamental.
Por: Alfonso López carrascal
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