Meditaciones al derecho de cultura

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Ramón Palacio Better

Ramón Palacio Better

Columna: Desde el Centro Azul

e-mail: ramonpalaciobetter@yahoo.com



Desde una perspectiva personal literaria, libre, teniendo en cuenta las argumentaciones, expositivas abiertas a la crítica, sobre la cultura por parte de la Unesco y la ley de cultura la cual funda las normas en Colombia sobre la cultura y el patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura nacional, consideramos inconcusamente, que en estos actuales preludios del siglo XXI, el Derecho de cultura es una nueva, razonable, necesaria y justa rama o manifestación del conocimiento que trata de aproximar como debe ser, a dos componentes científicos cognitivos ineludibles: el Derecho y la Cultura.

Por un lado la Declaración Universal de los Derechos Humanos precisa: "Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten"
Por otro lado la Constitución de Colombia de 1991 define: "Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias".

Y seguidamente establece: "La cultura, en sus diversas manifestaciones, es fundamento de la nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto, como proceso generado individual y colectivamente por los colombianos. Dichas manifestaciones constituyen parte integral de la identidad y la cultura colombiana".

Aproximaciones generadoras para un amplio campo de estudio e investigaciones que profundizan y ahondan una posición exhaustiva de las diversas reglas tanto del Derecho público como del Derecho privado, que afectan a los procesos y asuntos culturales, a fin de constituirse en un derecho garante y responsable de los valores y los derechos culturales, así como de las intervenciones judiciales en un componente científico tan sensible como es la cultura.

Indeterminadas son las variadas estrategias de activación, interpretación, exegesis y valoración del patrimonio cultural material e inmaterial que tienen como primordial finalidad disponerlos al servicio del individuo y de la sociedad para así, lograr catapultar su uso como un necesario instrumento de desarrollo social cultural, de inserción laboral, de integración de las minorías, especialmente de convivencia y diálogo intergeneracional e intercultural, de participación y aprendizaje.

Es importante resaltar que los derechos humanos, la convivencia ciudadana, la interculturalidad, la multiculturalidad, la pluralidad ideológica, como igualmente la tolerancia pacífica y la no violencia, son valores fundamentales de la cultura de paz y objeto de derecho y deberes a cumplir en bien de la sociedad y el desarrollo integral.

Tenemos en cuenta en estas aproximaciones del Derecho y la Cultura, que la Cultura es objeto de preservación, conservación y difusión, por ser una enmienda constitucional vigente de la nacionalidad, que contiene una serie de reglas y normas que hacen necesario que exista una especialidad en el Derecho que defienda y garantice su preservación, conservación y difusión, como igualmente los beneficios que produzca sean conducidos hacia al bien de toda la colectividad y al individuo como objeto de derecho.