Información tributaria de manera automática

Editorial
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Colombia, a través del Decreto 343 del Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá, fue incluida, junto a otras 63 jurisdicciones que recibirán información correspondiente a 2019, por el Gobierno de Panamá, en la lista de jurisdicciones que recibirán información de manera automática a partir de este segundo semestre, sobre las cuentas financieras cuyos titulares o beneficiarios finales sean residentes fiscales colombianos, incluyendo información relativa a 2019.

Ahora, ambos países estarán conectados en línea y en forma rápida para agilizar los procesos respectivos, en forma ágil y segura, en lo referente a actividades financieras de alto nivel que comprometan a estas dos naciones con inversiones extranjeros.

Vale la pena aclarar que después de la reunión de los presidentes de Colombia, Iván Duque Márquez, y de Panamá, Laurentino Cortizo Cohen, en septiembre del año pasado, en la Casa de Nariño, los mandatarios y sus equipos de Gobierno suscribieron acuerdos bilaterales en seguridad, migración, cultura, turismo, inversión, economía, industrias creativas y fortalecimiento de la democracia en la región, como una forma de zanjar con Panamá los problemas suscitados en el gobierno colombiano anterior con relación al cruce de datos financieros. En la visita presidencial panameña quedo registrado el progreso del diálogo bilateral franco de ambas naciones y el reforzamiento de la confianza mutua, de manera integral, con todos los temas a tratar; en este sentido, se estableció un Gabinete Binacional, que constituye el más alto mecanismo de relacionamiento, diálogo político y coordinación de políticas públicas entre ambos países y también se acordó reactivar los mecanismos de seguridad bilateral, tales como la Comisión Binacional de Fronteras, Combifron, y las reuniones de los altos mandos militares y policiales.

Los Jefes de Estado, en ese momento conversaron, de manera franca y abierta, sobre la problemática política que aqueja a la región, y coincidieron en mantener el diálogo fluido de manera permanente, en busca de encontrar soluciones que garanticen la paz regional, lo que sin duda fue base para la creación del decreto panameño que establece que las instituciones financieras panameñas deberán entregar información a la Dirección General de Ingresos de la República de Panamá sobre las cuentas financieras cuyos titulares o beneficiarios finales sean residentes fiscales colombianos.

En materia de intercambio de información, es importante destacar que el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Tributarias, Mcaa, del cual hace parte Colombia, le permite a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, intercambiar de manera automática durante el 2020 información sobre cuentas financieras con 104 jurisdicciones; mientras que con la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, Mac, puede intercambiar información tributaria previa petición con 125 jurisdicciones, incluido Panamá.

La información proporcionada por Panamá se sumará a la información reportada por otras jurisdicciones a la Autoridad Tributaria, lo que permite a la Dian tener el conocimiento pleno de los activos y pasivos que se encuentren en el exterior de los residentes fiscales colombianos y el valor de los mismos.

Es así, que el próximo 25 de septiembre vence el plazo para que los residentes fiscales en Colombia declaren, liquiden y paguen el impuesto de normalización tributaria, como impuesto complementario al impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio, mediante el cual los contribuyentes que tengan activos omitidos, activos declarados inexactos o pasivos inexistentes a 1 de enero de 2020, pueden normalizar su situación fiscal.

El código penal establece que la omisión de activos, activos declarados inexactos o inclusión de pasivos inexistentes puede traer como consecuencia la pena privativa de la libertad de 48 a 108 meses y una multa del 20% del valor del activo omitido, del valor del activo declarado inexactamente o del valor del pasivo inexistente.


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