Demandan el Decreto que prohíbe el parrillero en Santa Marta

Miguel Ignacio Martínez Olano, abogado demandante.

Judiciales - Local
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger


El demandante asegura que la medida distrital viola los derechos de los propietarios de motocicletas en la capital del Magdalena.
El abogado, Miguel Ignacio Martínez Olano, presentó demanda de nulidad en contra del el Decreto 210 del 6 de septiembre del presente año expedido por la alcaldesa del Distrito de Santa Marta que prohíbe la circulación de motocicletas con el parrillero.

El demandante fundamentó dicha solicitud señalando que este viola el derecho a la movilidad y que además de limitar estos derechos de manera permanente.

Le puede interesar: Motociclistas se tomaron algunas vías de Santa Marta para protestar por las nuevas restricciones

“Estas prohibiciones solo pueden ser de manera transitoria dice la Constitución y ya lleva ocho años prorrogándolo el acto administrativo bajo el argumento de que, es por la seguridad está viciado de nulidad por falsa motivación ya que esta no soluciona los problemas de violencia y la delincuencia. Está demostrado que esta lleva esa cantidad de años y las acciones irregulares antes citadas no han disminuido por esta razón”, dijo el abogado Martínez.

Así mismo indicó que, “cómo se le prohíbe a un hombre de 60 años manejar su moto, si todavía es una persona que lo pude hacer normalmente”.

El dato
La demanda fue asignada al Juzgado Segundo Administrativo de Santa Marta.


Martínez manifestó además que, “el decreto demandado contiene una medida restrictiva a la libre locomoción, que viola el límite de temporalidad, que es desproporcionado, irracional e innecesario”.

Aparte del decreto
El Decreto 210 del 6 de septiembre 2022 expedido por la señora alcaldesa del Distrito de Santa Marta, Virna Johnson Salcedo, prohíbe la circulación de acompañantes y/o parrilleros niños y niñas menores de 10 años, mujeres en estado de embarazo, adultos mayores desde 60 años de edad, personas de sexo masculino mayor de 14 años, en vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, en todo el perímetro urbano del Distrito.