¿Cómo impactará la reforma laboral en los trabajos estacionales?

Lo planteado por el gobierno genera preocupación a las pequeñas y medianas empresas por el tipo de contratación.

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Actualmente trabajos temporales son los que mueven el comercio en las empresas a nivel nacional para algunos sectores existe una inmensa preocupación por la contratación que plantea la reforma laboral.

Algunos de los puntos más complejos de la reforma laboral que fue radicada en el Congreso radica en los cambios en la tercerización, los contratos por prestación de servicios y los recargos nocturnos, ya que tendrían efectos directos en sectores estacionales o empleos que radican por temporadas como el comercio, la hotelería y la agricultura.

Además, en la contratación entre los mayores cambios que se encuentran están las limitaciones a la prestación de servicios. Pues, no se podrán vincular de esta modalidad a las personas que realizan actividades permanentes y subordinados, esto significa que solo se permitirá para proyectos temporales que tengan fechas de inicio y entrega final.

La reforma establece que en los contratos por obra o labor el empleador tendrá derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales. Los cuales deben ir por escritos o de lo contrario se entenderá que será un término indefinido. 

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Cabe resaltar que en cuanto a los contratos por término fijo y la tercerización, el primero de ellos tiene que ser superior a un mes y hasta por dos años. Para el segundo punto la reforma plantea que cuando se contraten o subcontraten la ejecución de las obras de trabajo o la prestación de servicios relativos a la actividad principal de la empresa, el empleado del contratista tendrá los mismos derechos salariales y prestaciones que los de la empresa principal.

La jornada nocturna iniciaría a las 6:00 p.m. y terminaría a las 6:00 a.m. Además, se aumentaría el pago a 100% del recargo dominical y festivo, que hoy es de 75%.

Otro de los puntos que trae la reforma laboral es la figura del contrato agropecuario. Por otra parte, se acordará que el pago del salario bajo la modalidad de un jornal agropecuario, el cual no podrá ser inferior al salario mínimo legal diario.


 "En el caso del café, el empleador va a decir ‘cómo le voy a pagar al valor de un mínimo diario y que el trabajador me recoja bien poquito. Y también hay recolectores muy buenos, que ganan en un día hasta $180.000. Ellos no querrán renunciar a eso, o comenzarán a rendir menos”, señala Álvaro Jaramillo, gerente del Comité de Cafeteros de Antioquia.

El empresario y caficultor de Andes, Antioquia, José María Henao, indicó que ve dificultades en la contratación, ya que diferentes empresas no solo recolectan café, sino que realizan otros procesos de transformación, los cuales están excluidos en este tipo de contrato agropecuario. “También hay trabajadores que van a la finca por la cosecha y al otro día se van, entonces es difícil definir un contrato laboral bajo esta realidad”.

Se debe destacar que obligar a las grandes empresas nacionales a producir de manera excesiva o a contratar directamente, advierte la Andi desaparecería a una gran cantidad de pequeñas y medianas compañías que proveen sus productos bajo esta modalidad.

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Es el caso de Rafael Felipe Gómez, fundador de Deraíz Abogados, empresa que brinda asesorías a otras compañías del sector formal. Su opinión es que la reforma, contrario a incentivar la formalización laboral, puede provocar la disminución masiva de las nóminas ante el incremento de requisitos.

“La reforma es ambiciosa, pero puede acentuar aún más la brecha de la informalidad y el desempleo, pues no poder tercerizar cumpliendo las normas vigentes, el incremento de los costos fijos al empresario, la eliminación del despido indemnizado sin justa causa y las horas extras de los sábados, aunque podría verse como una propuesta progresiva realmente acentúa la dificultad para hacer empresa”, dijo.