Procuraduría destituyó e inhabilitó por 12 años a exalcalde de Nechí, Antioquia

Teniendo en cuenta que Eduardo Enrique Cabrera Urbina ya no se desempeña como alcalde de Nechi, municipio del departamento de Antioquia, la suspensión se convierte en salarios de acuerdo a lo devengado para la época de los hechos.

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En fallo de primera instancia el Ministerio Público calificó la falta del disciplinado como gravísima a título de dolo, por violación manifiesta a reglas de obligatorio cumplimiento.
La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 12 años al exalcalde de Nechí, Antioquia, Eduardo Enrique Cabrera Urbina (2012 - 2015), por irregularidades contractuales.

La Provincial de Yarumal encontró que el exmandatario local contrató de manera verbal y sin observancia de los requisitos que exige la ley una obra pública por $32’747.855, para la remodelación del kiosko de la alcaldía municipal, construcción de accesos a la oficina de archivo y al recinto del concejo y de dos divisiones internas en el almacén municipal.

La PGN estableció que el exalcalde inobservó el cumplimiento de los requisitos legales esenciales para el contrato de obra pública, conducta con la que quebrantó los principios de responsabilidad, moralidad, eficiencia, transparencia y buena fe de la función administrativa.

“El disciplinado en su condición de alcalde estaba llamado a administrar los recursos de la entidad territorial de acuerdo con los Estatutos General de la Contratación Administrativa y Presupuestal, y comprometió su responsabilidad por celebrar dicho contrato sin el cumplimento de esos requisitos legales”. Para el ente de control se hizo evidente la inexistencia de un contrato escrito al momento de que Medrano Martínez compareció en la audiencia de conciliación extrajudicial ante la Procuraduría 109 Judicial Administrativa l, por el no pago del negocio jurídico al momento de terminación de la obra, el 28 de agosto de 2012.

En este sentido, la Procuraduría advirtió una omisión por parte del exalcalde en relación a la disponibilidad presupuestal que debió asegurar para poder pagar los compromisos asumidos por la administración. Dado que el disciplinado no apeló la decisión, el fallo quedó en firme. Teniendo en cuenta que ya no se desempeña como alcalde de Nechi, la suspensión se convierte en salarios de acuerdo a lo devengado para la época de los hechos.