“Al que esté tratando de hacer su agosto, acaparando o especulando, le vamos a caer con todo”

Para el pago de la cuota monetaria del Sistema de Subsidio Familiar, por el tiempo que dure la emergencia, al cesante beneficiario no se le exigirá aportar los certificados de estudio

Nacional
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger


El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) realizarán el seguimiento y las acciones de vigilancia y control de precios, tal como lo establece el Decreto 507 del 1° de abril de 2020.

“Por supuesto, el mensaje es: al que esté tratando de hacer su agosto, al que esté acaparando y al que esté especulando le vamos a caer con todo el peso de la ley”.

Así lo afirmó este miércoles el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, durante una entrevista con Candela Estéreo, en la que recalcó que el Gobierno Nacional fijó el listado de productos de primera necesidad, con el fin de evitar la especulación de precios y prevenir las conductas de acaparamiento que puedan presentarse durante el período de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Destacó “la guía que sacamos nosotros con un decreto donde se establecen, también, unos precios de referencia frente a muchos productos que son necesarios para los hogares, y el Dane (Departamento Administrativo Nacional de Estadística) nos está ayudando en eso, de tal manera que podamos denunciar oportunamente la especulación”, dijo.

Esta lista está conformada por 26 productos que hacen parte de la canasta básica, medicamentos esenciales y dispositivos médicos, tales como mascarilla quirúrgica convencional, mascarilla quirúrgica de alta eficiencia N95, guantes para examen no estériles, cosméticos, solución o gel desinfectante a base de alcohol, acetaminofén ibuprofeno, naproxeno, azitromicina, amoxicilina, cloroquina, hidroxicloroquina, lopinavir e iIvermectina.

También hacen parte alimentos y bebidas no alcohólicas, como arroz para seco, leche larga vida, azúcar refinada, queso campesino, aceite de girasol, arveja verde, cebolla cabezona, cebolla en rama, papa negra, papa criolla, huevo, naranja, artículos de aseo personal o de mantenimiento y limpieza, y jabón de tocador en barra.

En ese mismo sentido, el Jefe de Estado aseveró que la canasta debe servir para que “el manejo de la comercialización sea en función de tener unos precios de referencia, para proteger el abastecimiento de toda la sociedad, especialmente la población más vulnerable”.

A renglón seguido, aseguró que durante la cuarentena se ha generado confianza dentro de la sociedad, porque el ciudadano puede “ir al supermercado y comprar lo del día o comprar lo de mañana, sin tener que ir a hacer una provisión para dos meses, y por esa vía generar no solamente especulación, sino eventualmente generar un alza indiscriminada de precios”.

Con la entrada en vigencia de esta decisión, los agentes y actores de las cadenas de producción, distribución y comercialización deberán suministrar los datos de precios de estos 26 productos al Dane, y la entidad se encargará de realizar un reporte de seguimiento cada cinco días, que será entregado a la Superintendencia de Industria y Comercio y a los ministerios encargados, para realizar las acciones de vigilancia y control.

También se establece que este listado de productos esenciales podrá actualizarse en cualquier momento y de acuerdo con las necesidades que se identifiquen en el mercado, con el propósito de garantizar el bienestar de los colombianos.

Para el pago de la cuota monetaria del Sistema de Subsidio Familiar, por el tiempo que dure la emergencia, al cesante beneficiario no se le exigirá aportar los certificados de estudio