Procuraduría solicita al Consejo de Estado confirmar fallo que condenó a Odebrecht a más de $715 mil millones

El Procurador Fernando Carrillo Flórez, advirtió que defenderá esa condena en el Consejo de Estado.

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El Ministerio Público solicitó tramitar las apelaciones de las sociedades condenadas con efecto suspensivo, como lo estableció el Tribunal Administrativo.

La Procuraduría General de la Nación ratificó ante el Consejo de Estado su solicitud de condena contra la sociedades Concesionaria Ruta del Sol S.A.S., Constructora Norberto Odebrecht S.A., Odebrecht Latinvest Colombia S.A.S., Estudios y Proyectos del Sol S.A.S. - Episol S.A.S, CSS Constructores S.A., y pidió que se confirme el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que les impuso un pago de $715 mil millones, por los actos de corrupción que dieron lugar a la vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa.

“Que nadie se llame a engaños. Ha sido la Procuraduría la única entidad del Estado que ha logrado condenas patrimoniales contra Odebrecht y sus socios locales. Defenderemos esa condena en el Consejo de Estado, hasta lograr la confirmación de lo fallado en la primera instancia”, advirtió el Procurador Fernando Carrillo Flórez.

“Como Procurador General de la Nación y jefe del Ministerio Público reitero que no cederemos espacios en la defensa de la moralidad pública, en que se respete el patrimonio de los colombianos, en que el acceso a los servicios públicos y su prestación sea eficiente y oportuna y en la recuperación de la ética pública. Pero eso no lo logramos solos necesitamos el acompañamiento ciudadano, con veedurías activas, y el apoyo del Congreso. Insistiremos en la aprobación de la Ley de Probidad para combatir la corrupción y establecer la responsabilidad penal de las personas jurídicas que malversen recursos públicos”.

Respaldo a histórico fallo contra Odebrecht
El Ministerio Público solicitó tramitar las apelaciones de las sociedades condenadas con efecto suspensivo, como lo estableció el Tribunal Administrativo, y no devolutivo, como lo determinó el señor Magistrado Ponente de la Sección Tercera - Subsección B del Consejo de Estado, en auto del 24 de octubre de 2019.