Productores y proveedores de vehículos nuevos deberán informar mínimos en seguridad vial

Una de cada 10 personas privilegia la seguridad como el principal factor para comprar un vehículo nuevo.

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A partir de este año los productores y proveedores de vehículos deberán informar al comprador y público en general sí el automotor ofrecido y/o publicitado incluye los mínimos de seguridad vial.

A partir del 2020, todos los productores y proveedores de vehículos nuevos en el país deberán informar a los consumidores una serie de mínimos en seguridad vial y la disponibilidad o no de sistemas o dispositivos que servirán de orientación para la adquisición de vehículos cada vez más seguros (Automóviles y motocicletas).
En un sondeo realizado por la ANSV se logró determinar que tan solo una de cada 10 personas privilegia la seguridad por encima de la estética, el rendimiento, el precio y el confort al momento de adquirir un automóvil o una motocicleta nueva.
La resolución de la ANSV dispone la obligatoriedad de incluir determinada información de seguridad vial en la publicidad impresa, audiovisual, exterior visual, digital y en cualquier tipo de soporte dirigido a los consumidores, así como en los manuales del propietario.
En virtud de tal disposición, los productores y proveedores de vehículos deberán informar al comprador y público en general si el automotor ofrecido u publicitado incluye o no sistema antibloqueo de frenos, control electrónico de estabilidad, alerta de colisión frontal o sistema avanzado de frenado de emergencia, sistema de sujeción infantil (no aplica para vehículos de carga) y sistema de bolsa de aire o Airbag. En el caso de los productores o proveedores de motocicletas deberán informar al comprador si cuentan con frenos ABS, encendido automático de luces o sistema de luces de circulación diurna.