Corpamag responde a acusación de Caicedo

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Mediante un comunicado la empresa fijó su posición.

Carlos Caicedo realizó una alerta sobre las “irregularidades en contratos que pretende ejecutar Corpamag sin licencias ambientales y en detrimento de los intereses colectivos del pueblo del Magdalena”.

Ante esta situación, la empresa ha comunicado su versión de los hechos y aseguran que “los proyectos desarrollados por CORPAMAG para la recuperación y protección de la Ciénaga Grande de Santa Marta corresponden a obras enmarcadas en las funciones establecidas para la entidad, conforme a la ley, y para dicho fin no le es dable pedir permiso a otra autoridad, sino al cumplimiento de las competencias asignadas”.

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Lee el comunicado completo a continuación:

Con relación a las declaraciones emitidas por el Gobernador del Magdalena, Dr Carlos Eduardo Caicedo Omar, donde hace referencia a las obras de dragado y mantenimiento que la Corporación Autónoma Regional del Magdalena CORPAMAG, adelanta para la recuperación de la Ciénaga Grande de Santa Marta, la entidad se permite aclarar lo siguiente:

1. Los proyectos desarrollados por CORPAMAG para la recuperación y protección de  la Ciénaga Grande de Santa Marta corresponden a obras enmarcadas en las funciones establecidas para la entidad, conforme a la ley, y para dicho fin no le es dable pedir permiso a otra autoridad, sino al cumplimiento de las competencias asignadas. 

2. Es importante señalar que cuando una Corporación Autónoma Regional o de Desarrollo Sostenible, dentro del ejercicio ordinario de sus funciones, tenga que aprovechar recursos naturales renovables, en el área de su jurisdicción, esta NO REQUIERE tramitar permisos ante la ANLA; toda vez que el Decreto-Ley 3573 de 2011, no la faculta o le da competencia frente a las Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible con relación al tema permisivo.

3. En el numeral 19 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, en concordancia con el numeral 10 del artículo 52, de la mencionada ley, establecía la competencia del Ministerio de Ambiente, solo para los casos contenidos en el mencionado numeral 19.

4. El Decreto- Ley 3573, en el numeral 3º del artículo 3º, sobre las competencias del ANLA, para expedir licencias ambientales y permisos dispone:

"ARTÍCULO 3o. FUNCIONES. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– cumplirá, las siguientes funciones: Otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con la ley y los reglamentos…”

5. Con las normas anteriormente transcritas se demuestra con claridad, que el ANLA, solo tiene competencia frente a la Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, en los casos expresamente señalados en estas disposiciones.

6. En este orden de ideas, estos proyectos, al ser obras de mantenimiento, enmarcadas en las funciones propias de la entidad, que buscan recuperar la sección de un caño existente y con ello un ecosistema dentro de su jurisdicción. NO REQUIEREN LICENCIA AMBIENTAL, ni permiso alguno a expedir por parte del ANLA. Así mismo,  estos NO INTERVIENEN, NI AFECTAN el área del SFF – CGSM.

7. Con respecto a la afirmación del mandatario donde manifiesta que: La Subdirección de Gestión y Manejo de Áreas Protegidas de Parques Nacionales nos da la razón al emitir comunicado en donde explica que:  “En conclusión, en lo relacionado al proyecto 2019000020103, se considera que no beneficia al SFFCGSM, y más bien lo afecta negativamente, ya que se entiende como una propuesta de canalización que no deja entrar el agua del río Magdalena al complejo lagunar en temporada de aguas altas y que amenaza con desaguar el Santuario durante las sequías". 

CORPAMAG reitera que las intervenciones que adelanta en la Ciénaga Grande de Santa Marta, se basa en estudios y análisis realizados conjuntamente con el Instituto de Investigaciones Costera y Marinas INVEMAR, con el fin de disminuir a salinidad del ecosistema, buscando su recuperación ambiental. Por esta razón, formuló y gestionó tres grandes proyectos con recursos del OCAD Caribe, los cuales permitirán oxigenar sus aguas, limpiar sus suelos y mejorar las condiciones ambientales del sector.

8. El deterioro ambiental del sector Occidental de la Ciénaga Grande de Santa Marta se ha evidenciado en la reducción del ingreso de agua dulce al ecosistema, alteración de las condiciones fisicoquímicas de los caños, afectaciones a la fauna y flora asociada, lo cual redunda en la reducción de las funciones ecológicas que provocaron la disminución drástica de las pesquerías, reflejado en la declinación de los volúmenes de captura y en la pesca de ejemplares que no han alcanzado las tallas mínimas de madurez. Además, de la alarmante disminución de la cobertura y el deterioro del estado de salud del bosque manglar, sobre todo si se tiene en cuenta la alta vulnerabilidad del mismo ante perturbaciones que afectan al sistema lagunar, especialmente en lo relacionado con las variaciones drásticas de salinidad.

9. Estas condiciones surgen por la pérdida de la capacidad hidráulica de los cuerpos de agua que, al encontrarse ante una evidente alteración de su geometría hidráulica, de su dinámica fluvial, y de las condiciones fisicoquímicas, presentan un constante desequilibrio entre la capacidad de transporte de sedimentos y el suministro de los mismos. 

10. De estos cuerpos de agua, ubicados en el sector Occidental de la Ciénaga Grande de Santa Marta, los caños Hondo, Martinica y Renegado-Condazo, son cuerpos de agua que en condiciones ideales aportarían al complejo hasta 100 m3/s de agua dulce y que hoy en día sus caudales están muy por debajo de lo contemplado (menos de 10 m3/seg para el caso de Renegado/Condazo), (0 m3/seg para el caso de Hondo). Para el caso de los caños Hondo y Martinica en su recorrido, sólo se observan pequeños tramos con agua estancada eutrofizada, ya no hay cauce en casi la totalidad de su trayectoria por la alta sedimentación y el poco mantenimiento realizado en años anteriores. Hoy en día los caños Hondo y Martinica prácticamente no existen y ese ingreso de agua dulce se ha perdido en su totalidad a la CGSM. 

11. Para el caso de los Caño Renegado, Ciénaga Buenavista y Caño Condazo, actualmente hay una interrupción hídrica, lo cual genera afectación directa a las ciénagas de Tamacal, San Juan y la Aguja, lo que repercute en las poblaciones de Santa Rita, San Rafael de Buenavista y San José de Las Casitas, quienes se abastecen de agua para consumo de estos humedales y subsisten de la pesca en estos caños y ciénagas. Esta situación, además ha afectado la economía local en los municipios de Salamina y Remolino, ya que la mayoría de la población de este municipio que antes se dedicaba a la pesca y a sus cultivos, hoy en día ha tenido que cambiar sus oficios por la falta de agua dulce en el sector. 

12. Adicionalmente, se debe resaltar que para la Ciénaga Grande, la intervención de estos caños es sumamente importante al ser un cuerpo de agua que nace en el rio Magdalena y permitirá inyectar caudal adicional al ecosistema; atendiendo lo requerido por el INVEMAR, numerosas veces a través de sus informes de monitoreo de las condiciones estructurales y funcionales de la Ciénaga Grande de Santa Marta – CGSM. Este último informe afirma que:

…El ingreso de agua dulce al sistema atribuido a la apertura de los caños durante el último período monitoreado, favoreció las condiciones de la Ciénaga al incrementarse el flujo y recirculación de agua dentro de la CGSM…

… A nivel de bosque de manglar, el 2018 evidenció que la salinidad intersticial disminuyó en todas las estaciones, lo cual podría estar asociado al aumento de los aportes de agua dulce derivados de los trabajos de dragado en el sector noroccidental del complejo y al aumento de las precipitaciones durante el segundo y tercer trimestre del año. Consecuente con los aumentos en el aporte de agua, se destaca el incremento en la densidad de plántulas y propágulos. El aumento acelerado de la regeneración natural de manglar en el complejo también fue observable a través del análisis de coberturas realizado para el periodo, según el cual se observó un alto recambio de especies vegetales.

Recomendaciones: “…Promover y conservar las actividades de mantenimiento de los caños y canales con el fin de garantizar un adecuado intercambio hídrico del sistema lagunar, para que las variables críticas como metales biodisponibles y totales, incluido el mercurio total permanezcan dentro los valores normales o tolerables y no afecten la flora y la fauna de la CGSM. Esta actividad permitirá favorecer la disponibilidad de agua dulce para los bosques de manglar y con ello la tendencia de recuperación evidenciada durante el 2018 y 2019…”. 

13. Así mismo, la CORPORACIÓN se permite aclarar que los proyectos que se ejecutarán NO están dentro, ni cerca del área de PNN, dada la negativa permanente de los administradores del SFF-CGSM de permitir el acceso a trabajos en el área, pesé a las recomendaciones del INVERMAR y a que, en los recorridos realizados por la entidad, en su proceso de diagnóstico y evaluación de las zonas a intervenir, se ha encontrado con sectores dentro del Parque bastante deteriorados y afectados en medio de un ÁREA PROTEGIDA.

14. No existe técnicamente forma que lo manifestado por los funcionarios de Parques Nacionales funcione como lo menciona en su comunicado, dado que los canales se diseñan teniendo en cuenta la topografía de la zona, con un análisis hidráulico y morfométrico detallado, que permite definir la pendiente para su correcto funcionamiento. Adicionalmente, previo a la ejecución y durante todo el proyecto, se lleva a cabo un control topo batimétrico estricto de las obras. Por tanto, estos caños permitirán el ingreso de agua al sistema, de acuerdo a los caudales de diseño definidos para los niveles medios y altos del rio Magdalena, garantizando un funcionamiento hidráulico acorde a las necesidades del ecosistema. 

15. La Corporación no conoce en el marco de que estudios y basados en qué análisis, los funcionarios de Parques Nacionales emitieron dicha afirmación sobre un proyecto que se formuló durante dos años, por un equipo interdisciplinario de profesionales y que además realizó el debido tránsito por el Ministerio de Ambiente y el DNP. 

16. CORPAMAG entiende la magnitud de la situación actual frente a la pandemia de COVID-19 y la entidad considera que es necesario que el departamento invierta recursos en mejorar la capacidad del sistema de salud actual para afrontar esta emergencia.  Sin embargo, pensar que la solución está en utilizar recursos de un proyecto que fue debidamente aprobado por el OCAD CARIBE en la vigencia 2019, con recursos 2019, no resulta en la mejor practica para resolver los retos de la pandemia, dado que el no invertir dichos recursos en la CGSM, resultará en mayores problemas a futuro, entendiendo que lo que buscamos es proteger y recuperar un ecosistema que ha sido altamente afectado por la historia y que su estado de salud impacta directamente en beneficio de minimizar los efectos del cambio climático, así como en la seguridad alimentaria para más de 500.000 habitantes que dependen directa e indirectamente de los servicios ecosistémicos que la Ciénaga Grande pueda prestar. 

17. Por lo tanto, no podemos buscar solucionar un problema, generando uno peor. La  Gobernación del Magdalena cuenta con importantes recursos de su vigencia para atender la pandemia actual

18. CORPAMAG reitera su compromiso con la recuperación de la Ciénaga Grande de Santa Marta, en la cual ha invertido importantes recursos humano, técnico y financiero, entendiendo que su deber es garantizar la entrada de agua dulce al ecosistema. Igualmente, invita a las autoridades, entidades y líderes de opinión a trabajar de manera articulada, bajo el principio del respeto, la confianza y el cumplimiento de sus competencias.