Alcalde de Ciénaga se pronunció sobre intervención de un tramo del Río Córdoba

Ciénaga
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Por medio de un comunicado de prensa el alcalde de Ciénega Magdalena, Luis Tete Samper; se pronunció sobre la intervención del tramo del Río Córdoba.

 

En virtud de los hechos recientes que han desencadenado denuncias por algunos ciudadanos en relación a las obras adelantadas sobre la ribera del Rio Córdoba a la altura de la Finca El Confite, la Alcaldía Municipal de Ciénaga-Magdalena se permite informar a la opinión pública lo siguiente:

  • La Corporación Autónoma Regional del Magdalena, CORPAMAG, expidió la resolución No. 3138 del 25 de Julio de 2019 "Por medio de la cual se otorga permiso de ocupación de cauce a la empresa Cohagro S.A.S para la ejecución del proyecto: protección y estabilización de la ribera del Rio Córdoba colindante con el predio El Confite, ubicado en el municipio de Ciénaga, Departamento del Magdalena" y notificada el 06 de agosto de 2019.
  • Que, ante las denuncias presentadas por algunos ciudadanos, funcionarios de la entidad territorial hicieron presencia en el sitio donde se ejecutan las obras y posteriormente asistieron a la socialización de las obras adelantadas en la .IE. Carlos García Mayorca donde no acudió ningún funcionario de la corporación y no fue posible que atendieran las llamadas realizadas a la subdirección ambiental.
  • La administración municipal muy a pesar de que la competencia del manejo de los recursos naturales es potestativa de Corpamag, solicitó la suspensión de las obras adelantadas hasta que se obtuviera información sobre las obras en ejecución y presentó comunicación a la Procuraduría Judicial de Asuntos Agrarios y Ambientales para que se pronuncien, lo cual a la fecha no ha sido posible.
  • Mediante oficio se solicita a la entidad de Corpamag se sirva compulsar copia de los estudios de batimetría de las secciones hidráulicas del Río Córdoba, levantamiento topográfico y fotogramétrico del predio, además estudio hidrológico de la cuenca del rio, períodos de retorno, modelación hidráulica, cronograma de actividades aprobado, informe antes del inicio, entre otros, para poder validar que la alternativa escogida para realizar haya sido la más favorable.
  • Es así, como exigimos a Corpamag entidad que otorgó la citada licencia, para que tal como se determina en la parte resolutiva y con las obligaciones que le asisten por ley, haga presencia permanente en el sitio de las obras para verificar el cumplimiento de las áreas a intervenir, sin que el río pierda su caudal y sección hidráulica, así mismo, que se esté trabajando sobre las coordenadas autorizadas y longitudes correspondientes.
  • En razón a lo anterior, continuaremos haciendo el seguimiento a las obligaciones que establece el Artículo tercero de la Resolución 3138 de 2019 y velaremos para que no se vean afectados los recursos naturales y el cumplimiento de las medidas que permitan prevenir, mitigar, corregir y/o compensar los posibles impactos ambientales generados.
  • Por último, teniendo en cuenta que la entidad Corpamag está facultada para revocar o suspender la autorización expedida, no escatimaremos en esfuerzos para que en caso del no cumplimiento de lo contenido en la resolución se proceda a la imposición de medidas preventivas y sancionatorias por incumplimiento o por el daño que se pueda eventualmente ocasionar a los recursos naturales y al medio ambiente.