Emiten Decreto 083 en Santa Marta: así queda el pico y cédula y el confinamiento  

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La Alcaldía de Santa Marta emitió este lunes el Decreto 083 “por medio del cual se derogan los decretos 068 y 069 del 24 de marzo de 2021, se toman medidas para contener y disminuir el riesgo de nuevos contagios por covid-19 y se dictan otras disposiciones”.

La alcaldesa Virna Johnson manifestó que habrá confinamiento total los 2 próximos fines de semana y que sigue la medida del pico y cédula. Además, anunció medidas “a las que nos acogemos por directriz del Gobierno Nacional desde el 20 de abril hasta el 3 de mayo”.

El nuevo Decreto 083 declara el confinamiento total en la ciudad desde las 6:00 pm del viernes 23 de abril de 2021, hasta las 5:00 am del lunes 26 de abril de 2021. La misma restricción aplica desde las 6:00 pm del viernes 30 de abril de 2021, hasta las 5:00 am del lunes 3 de mayo.

El acto administrativo indica que se mantiene el toque de queda desde el martes 20 de abril hasta el lunes 3 de mayo. Con esto se restringe de manera transitoria, obligatoria y preventiva, la movilidad de personas y circulación vehículos por vías y lugares públicos de la zona urbana y rural de Santa Marta, en el horario comprendido entre las 6:00 pm, y las 5:00 am. todos los días de la semana. En consecuencia, los establecimientos de comercio, incluyendo los gastronómicos, grandes superficies, supermercados, tiendas de cadena, locales comerciales, tiendas de barrios, y todos los espacios en los que se desarrollen actividades comerciales en Santa Marta, estarán abiertos al público de manera presencial hasta las 5:00 pm. Esta medida podrá ser prorrogada si se mantiene el comportamiento de contagios.

Durante el horario de restricción se permitirá el tránsito de personas y vehículos para la salida o retorno a la ciudad, para lo cual deberán presentar los comprobantes de viaje, tales como recibos de pago de los tiquetes de transporte intermunicipal o interdepartamental, pasabordos físicos o electrónicos o recibos de pago de la tarifa de peaje.

Pico y cédula:

Se mantiene la medida especial de pico y cédula, incluso para el uso del transporte público de pasajeros, a partir de las 5:00 am del martes 20 de abril hasta las 5:00 am del 3 de mayo del 2021. En consecuencia, la población solo podrá salir siempre y cuando no haya confinamiento, de acuerdo con el último dígito de la cédula de ciudadanía y/o documento de extranjería o pasaporte tal como se detalla a continuación:

Sobre playas y ríos:

Se habilita el uso de playas, ríos, y balnearios de Santa Marta, incluyendo el Parque Nacional Natural Tayrona, en los días en que no haya confinamiento, y de acuerdo con el aforo permitido. Para su uso se requerirá, en el caso de integrantes de un mismo núcleo familiar, que al menos uno de ellos cumpla con el pico y cédula; y para grupos de turistas, deberán contar con el soporte de la reserva de su lugar de hospedaje con RNT. En todos los casos se permitirá un máximo de 4 personas.

Ver Decreto 083:

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