Salud Distrital dijo no tener competencia para recoger fallecidos

Cada vez son más las denuncias por los fallecidos que han demorado hasta 24 horas sin ser recogidos.

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Así lo dio a conocer el jefe de la cartera de salud a través de un video en el que señala cuáles son sus funciones ante la situación de los fallecidos en casa.
El secretario de Salud, Henrique Toscano Salas informó a la ciudadanía que no tiene dentro de sus competencias recoger cuerpos de personas fallecidas. “Eso está regulado a nivel nacional. La recolección de los cuerpos es una función de la funeraria que decida la familia. Si es una muerte por violencia o por causa desconocida le corresponde a Medicina Legal”, manifestó Henrique Toscano.

Además, el secretario explicó las funciones de la Secretaria de Salud cuando se presenta un caso como este. “Expedir la licencia de inhumación o cremación de acuerdo con la decisión de la familia. Esto se hace una vez nos entreguen el certificado de defunción que debe ser expedido por las IPS con las que las EPS o EAPB tienen sus acuerdos de voluntades. Si la persona falleció en casa, los familiares deben pedir el certificado de defunción a la EAPB”, agregó.

Sin embargo, Toscano añadió que cuando la Secretaría de Salud recibe el certificado de defunción se procede a “expedir la autorización de la licencia y ellos deben solicitar con su funeraria la recolección del cuerpo cuando sucede en casa. Si la persona o la familia no tiene recursos debe gestionar el auxilio funerario con la Secretaría de Promoción Social de Santa Marta”.