Según el litigante, la negación por improcedencia de la acción de tutela, se toma desconociendo sus derechos individuales.
En esta sentencia que se dio el 12 de marzo del 2021, el Juzgado tuvo en cuenta los argumentos de la EDUS y del Ministerio de Cultura, ente que aseguró que las pretensiones de la acción de tutela “carecían de fundamento fáctico y jurídico para ser acogidas”, toda vez que el Centro Histórico de Santa Marta fue declarado monumento nacional, hoy Bien de Interés Cultural, y que el proyecto cuenta con autorización vigente, la cual incluye la intervención de la balaustrada del monumento de la Bahía.
La impugnación del fallo de la tutela se basa en que, según Martínez, la negación por improcedencia se toma desconociendo sus derechos individuales como el goce del patrimonio histórico, su identidad como samario, el derecho a que sus hijos conozcan la historia, su derecho a la libertad de expresión y el libre desarrollo de su personalidad, por lo que solicitó revocar la sentencia y que se conserve la balaustrada del camellón.
Cabe recordar que en días pasados y a causa del proyecto de restauración del Camellón de la Bahía de Santa Marta, fue derrumbado el encerramiento de la estatua de Rodrigo de Bastidas, que por más de 50 años hizo parte de este monumento insignia para los samarios, por lo que el abogado Miguel Ignacio Martínez Olano, interpuso en la tarde de del lunes 01 de marzo, una acción de tutela en contra de las entidades que avalaron el proyecto de remodelación del Camellón. En el documento, ‘el Mono’ Martínez pidió suspender esta obra, especialmente la balaustrada de la estatua del fundador de Santa Marta, fundamentándose en siete hechos y haciendo la petición de ordenar al Ministerio de Cultura, la Alcaldía de Santa Marta, a Edus y a la empresa C Construir S.A., conservar y restaurar la balaustrada del camellón o trasladarla a otro lugar.