Estas son las nuevas normas que rigen en Santa Marta hasta el próximo mes

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Cada una de ellas empieza a regir desde este día hasta el próximo 1 de julio del 2020.

 

Hace pocas horas se dio a conocer a través del decreto 153 emitido por parte de la Alcaldía de Santa Marta las nuevas normas que rigen en la ciudad hasta el próximo mes, en donde se enmarca que: el aislamiento obligatorio seguirá en la ciudad de Santa Marta, desde el primero de junio a las 0 horas, hasta las 0 horas del primero de julio de 2020, con las excepciones planteadas por el Gobierno Nacional.

Es de anotar que dichas normas tienen algunas restricciones estas son: el consumo de bebidas embriagantes en la ciudad, así como en espacios abiertos y establecimientos de comercio, playas, parques, etc, seguirá prohibido hasta las 0 horas del primero de julio de 2020.

Se mantiene la restricción del expendio de compra de bebidas alcohólicas a un solo producto por persona.  

El pico y cédula se mantiene en la ciudad se mantendrá como medida principal para regular el tránsito de personas que podrán circular y hacer uso de la gran cantidad de servicios que, a partir de este lunes, se ponen en funcionamiento en la ciudad de Santa Marta conforme a como ya lo ordenó la presidencia de la República.

Es decir las personas podrán salir según su número final de cedula:

Lunes: 1 y 9
Martes: 2 y 3
Miércoles: 4 y 5
Juevs: 6 y 7
Viernes: 8 y 0
Fines de semana: solo domicilios

Otros datos

Se permitirá la entrega de domicilios de establecimientos gastronómicos hasta las 10 de la noche. Las empresas y las personas que presten el servicio de domicilio para estos negocios tienen que registrarse en el siguiente link: https://forms.gle/YHsmqy4JZbnJQrwV6

El personal que preste servicios de limpieza, aseo y servicios domésticos puede desplazarse para trabajar, pero debe ser registrado por la empresa o persona con la que se encuentre vinculado en el siguiente enlace: https://forms.gle/YHsmqy4JZbnJQrwV6

Las peluquerías en Santa Marta

Deberán registrarse en el link, así como a su personal vinculado. El que preste los servicios deberá verificar el cumplimiento de la medida de pico y cédula, es decir, que no podrán atender clientes que no tengan el dígito correspondiente. Las peluquerías que hayan aprobado el protocolo podrán prestar su servicio entre las 8 de la mañana y las 3 de la tarde. Para asistir, debe reservarse el turno de manera previa. Se permitirá el servicio domiciliario de las peluqueras, pero bajo la propia responsabilidad y criterio del que lo haga.

Las actividades físicas al aire libre

Algunos cambios; para deportistas de alto rendimiento de las personas que están entre 18 y 69 años se permitirán por un periodo máximo de dos horas diarias, entre las 5:30 a.m. y las 7:30 a.m. Los entrenamientos grupales se mantienen prohibidos. Los niños mayores de 6 años seguirán saliendo 3 veces al día, pero solo una hora diaria: los lunes, miércoles y viernes, entre las 4:30 y las 5:30 p.m.

El horario de los supermercados, minimercados y similares irá de 7 de la mañana a 6 de la tarde. El mercado público para el abastecimiento de alimentos funcionará entre las 4 de la madrugada y las 2 de la tarde.

Los centros comerciales

Estarán abiertos al público de lunes a viernes, entre las 10 de la mañana y las 5 de la tarde. También se irá abriendo progresivamente los establecimientos de comercio al por menor del mercado público, las ferreterías e insumos agropecuarios y de alimentos, siempre y cuando se les vaya aprobando el protocolo de bioseguridad.

Una vez avalados, podrán abrir al público de lunes a viernes, entre las 12 p.m. y las 6:30 p.m.

Funerarias, entierros y cremaciones

 Se permite la inhumación o cremación, pero el traslado del cadáver debe hacerse en el interior de una carroza fúnebre, sin acompañamiento de marcha fúnebre. Tampoco se podrá sobrepasar un aforo del 30%. “En los casos de la inhumación o cremación de personas fallecidas por confirmación o sospecha de covid-19, se dará estricto cumplimiento a las medidas del Ministerio de Salud”.

Las misas, cultos, grupos de oración u otras congregaciones de carácter religioso seguirán prohibidas en la ciudad de Santa Marta.

Los talleres de reparación y mantenimiento podrán seguir prestando sus servicios entre las 8 a.m. y las 3 de la tarde, siempre y cuando los vehículos sean agendados. Solo podrán entregar el carro a una persona y no se podrá trabajar sábados y domingos. Tienen que implementar servicios de pago electrónico, o se pueden ver expuestos a sanción.

Los museos y las bibliotecas

Podrán funcionar de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 11 de la mañana y las 4 de la tarde, siempre que esté verificado y aprobado su protocolo de bioseguridad. Los responsables del manejo de estos lugares deben registrar al personal vinculado al enlace https://forms.gle/YHsmqy4JZbnJQrwV6.

Lea el decreto completo aquí: https://drive.google.com/file/d/1kul-QgsnjDEC-8FLjCes9q3pLMXOqurR/view?usp=sharing