Alcaldía anuncia modificación del ‘Pico Cédula’ para compras y diligencias en Santa Marta

Esta nueva medida de restricción empieza a aplicar el lunes 6 de abril, con el objetivo de afrontar la etapa de mitigación del coronavirus.

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A partir de este lunes 6 de abril, empezará la implementación de las nuevas medidas que limitan la salida de los ciudadanos, con la intención de afrontar la etapa de mitigación del coronavirus.

Mediante la expedición del decreto número 103, la Alcaldía de Santa Marta adopta nuevas medidas de intervención para enfrentar la etapa de mitigación del Covid-19, tanto en el área urbana como rural del distrito, las cuales estarán vigentes desde este lunes 6 de abril, hasta las 4:00 de la mañana del 13 de abril de 2020.

Este nuevo acto administrativo modifica el Artículo 1 del decreto 097, del 22 de marzo del 2020 y dicta otras disposiciones para garantizar el abastecimiento de la canasta básica familiar, sin aglomeraciones de los habitantes, residentes y transeúntes en Santa Marta, que requieran aprovisionarse en el mercado público, graneros, almacenes, cadenas, supermercados, minimercados, ferreterías, realizar diligencias ante entidades bancarias o financieras, empresas de envíos y recibos de giros.

Los supermercados, minimercados, almacenes de cadena y ferreterías podrán abrir hasta las 4:00 de la tarde, además, los domingos habrá restricción total para la movilidad de las personas en el territorio distrital.
En consecuencia, el nuevo Pico y Cédula que comienza a regir este lunes queda de la siguiente manera:
Las personas con cédula terminada en 1, podrán salir los lunes; en 2 y 3, los martes; en 4 y 5, los miércoles; en 6 y 7, los jueves, en 8, los viernes; y en 9 y 0, los sábados. Los domingos habrá restricción total.

Los ciudadanos deberán portar su cédula de ciudadanía y sólo se permite una persona por núcleo familiar, salvo aquellos casos en los que el individuo requiere acompañamiento permanente. La norma establece que una vez el ciudadano realice su compra o haga su diligencia, debe volver de inmediato a su casa.

De igual manera, las entidades financieras y las empresas de recaudo y pago de giros deberán adoptar las medidas necesarias de distanciamiento social entre los ciudadanos que acuden a sus servicios antes de entrar a la entidad.
Este Decreto determina además, que los supermercados, almacenes de cadena, minimercados y ferreterías atenderán al público hasta las 4.00 de la tarde.

En cuanto a las sanciones que se aplicarán a quienes incumplan con estas medidas, el Artículo Segundo del Decreto 103 contempla acciones penales y pecuniarias previstas en el Código Penal y en el Decreto 780 de 2016.