“El Ministerio nos sanciona aplicando un criterio jurídico que respetamos pero no compartimos”

Los conductores de buses consideran verse mal remunerados en su trabajo, ya que los dueños de las buses y busetas no formalizaban su actividad.

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El representante legal de las empresas transportadoras de buses del servicio público de la ciudad, se refirió a la sanción dictada por parte del Ministerio del Trabajo territorial Magdalena, en la que deberán pagar más de 80 millones de pesos.


Ante el conocimiento de una sanción dictada por el Ministerio del Trabajo territorial Magdalena, a través de un auto administrativo a las cuatro empresas que hoy conforman el Sistema de Transporte Unificado, STU, en la que deberán pagar más de 80 millones de pesos, el abogado Gabriel Escobar, representante legal de las empresas transportadoras, explicó que esta sanción aplica a un criterio jurídico que respetan más no comparten.
“Queremos aclarar en esta oportunidad, que la sanción interpuesta en primera instancia por parte del Ministerio del Trabajo, no obedece como falsamente se ha sostenido en algunos medios y hecho eco por parte de la organización sindical, por un supuesto incumplimiento en el pago de acreencias laborales a los conductores, sino, por no haber implementado o puesto en funcionamiento por desidia del mismo sindicato, el comité de becas y préstamos menores, reconocidos a través de un laudo arbitral”, explicó.
Asimismo, el especialista en leyes continuó diciendo que “infortunadamente, el Ministerio nos sanciona aplicando un criterio jurídico que respetamos pero no compartimos, dado que, a nuestro juicio, desplegamos todas las actuaciones necesarias para cristalizar ese cometido y fue el desinterés propio del sindicato, lo que terminó postergando la implementación del comité de becas”.

 Gabriel Escobar, abogado.

Por otra parte, Escobar garantizó que las denuncias impetradas por un grupo de conductores que consideran verse mal remunerados en su trabajo, son falsas y que por el contrario las “empresas de transporte público colectivo de la ciudad de Santa Marta, sí cumplen con el pago de las prestaciones sociales y demás acreencias laborales a las cuales tienen derecho todos los trabajadores en Colombia”.
Por lo anterior, el abogado hizo referencia a la Resolución N 398 del 12 de diciembre de 2018, proferida por mismo ministerio, en virtud de la cual absolvieron a las empresas transportadoras al interior de una investigación, ya que pudo verificar el pago de salarios, auxilio de transporte, cesantías, intereses de cesantías, vacaciones y demás acreencias laborales de forma puntual.




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