¡Ojo, samario! las normas de tránsito también son para los peatones

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La falta de cultura ciudadana y la “seguridad” con la que transitan en las arterias viales los peatones se ha convertido en un problema para los conductores, quienes a diario tienen que ‘sortear’ la suerte por las infracciones de las personas que no utilizan los puentes peatonales en las carreteras nacionales.

Aunque existen normas que regulan el tránsito de las personas por las vías, no parecen ser tenidas en cuenta; pues, a diario se ven como los ciudadanos infringen el artículo 58 del Código Nacional del Tránsito. Un claro ejemplo es en la ciudad de Santa Marta, donde en los últimos días ha estado en la mira de toda Colombia por el trágico accidente que se registró en Gaira, el cual dejó seis personas fallecidas.

Teniendo en cuenta lo anterior, el periódico EL INFORMADOR revisó las normas de tránsito y les recuerda a los peatones lo que deben tener presente a la hora de cruzar una avenida con alto flujo de vehículos.



De acuerdo con el artículo 58 del Código Nacional de Tránsito, los peatones no deben:

  • Invadir la zona destinada al tránsito de vehículos, ni transitar en ésta en patines, monopatines, patinetas o similares.
  • Llevar, sin las debidas precauciones, elementos que puedan obstaculizar o afectar el tránsito.
  • Cruzar por sitios no permitidos o transitar sobre el guardavías del ferrocarril.
  • Colocarse delante o detrás de un vehículo que tenga el motor encendido.
  • Remolcarse de vehículos en movimiento.
  • Actuar de manera que ponga en peligro su integridad física.
  • Cruzar la vía atravesando el tráfico vehicular en lugares en donde existen pasos peatonales.
  • Ocupar la zona de seguridad y protección de la vía férrea, la cual se establece a una distancia no menor de doce (12) metros a lado y lado del eje de la vía férrea.
  • Subirse o bajarse de los vehículos, estando éstos en movimiento, cualquiera que sea la operación o maniobra que estén realizando.
  • Transitar por los túneles, puentes y viaductos de las vías férreas.
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¿Qué sanción tiene un peatón que no utilice el puente peatonal?.

El atravesar una vía vehicular en lugares donde existen pasos peatonales, es una prohibición expresa del Código Nacional de Tránsito que implica hacerse acreedor a una multa de un salario mínimo legal diario vigente. Si por esta acción ocasiona un accidente de tránsito, la contravención impuesta es sin perjuicio de las demás acciones legales que resulten de su conducta.



En casos especiales, la ley menciona: 

Los peatones menores de seis años, los ancianos, las personas que padezcan trastornos mentales, ya sean permanentes o transitorios, los invidentes o sordomudos que no cuenten con la utilización de ayudas o aparatos ortopédicos que los habiliten y las personas que se encuentren bajo el influjo del alcohol, alucinógenos o medicamentos que disminuyen su capacidad de reacción y reflejos, deben estar acompañados por una persona mayor de 16 años para cruzar las vías.

¿Para qué están los puentes peatonales en Santa Marta? 

Desde que inciaron la construcción de los puentes peatonales en la Troncal del Caribe, se esperaba que los índices de accidentalidad disminuyeran; sin embargo, estos continúan en aumento y una de las razones principales es la poca utilización de las estructuras en la capital magdalenense. 

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En entrevista con EL INFORMADOR, usuarios manifiestan que arriesgan sus vidas por la falta de seguridad que existen en los puentes. "Los puentes se han vuelto un criadero de delincuentes", son una de las expresiones  que más utilizan los habitantes. Otros agregan que "por la falta de iluminación en las noches, pero en el día si los utilizó". Y la más curiosa, pero quizás más real fue: "me demoro mucho subiendo ese puente; en algunas ocasiones voy de afán, otras me da flojera". 



El lente fotográfico de esta casa periodística evidenció la forma en que los peatones omiten el puente peatonal; incluso, algunos adultos atraviesan la Troncal del Caribe con bebés en brazos o algunos ancianos, quienes no cuentan con una compañía se someten a cruzar la vía con el temor de ser arrollados por un vehículo. 

Cabe recordar que, los peatones, como sujeto activo del sistema de circulación, debe respetar y acatar las señales de tránsito. Así, cuando un peatón requiera cruzar una vía vehicular, debe tomar todas las precauciones necesarias y cerciorarse de que no corre peligro al hacerlo.