Alcaldía Distrital se acoge a medidas de Presidencia y establece alivios tributarios

La vigencia 2020 podrá ser pagada por cuotas sin intereses hasta el 31 de diciembre.

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La decisión fue manifestada por la alcaldesa, quien también informó que presentará una solicitud ante el Concejo para ampliar las fechas del estatuto tributario.

A través de una rueda de prensa realizada de forma virtual, la mandataria de Santa Marta, Virna Johnson, informó a la ciudadanía que en el distrito también serán aplicadas las medidas de alivio tributario anunciadas recientemente por la Dian, que aplazan las fechas de pago para los contribuyentes, dada la situación que está enfrentando el país por la presencia del Covid – 19 en territorio nacional.

De acuerdo con lo informado por Johnson, todo esto encaminado a que los personas tengan facilidades en el pago y puedan ser realizados de la manera más adecuada.

“Se ampliará la fecha de pago del impuesto predial sin descuentos y sin intereses, la cual pasa del 31 de julio al 31 de octubre. Se permitirá a los contribuyentes pagar el de la vigencia 2020 por cuotas, sin intereses moratorios, hasta el 31 de diciembre y no habrá descuentos por pronto pago”, expresó la alcaldesa.
De igual manera, será presentado un proyecto ante el Concejo de Santa Marta, buscando ampliar las fechas establecidas en el estatuto tributario.

Los descuentos por pronto pago hoy en día están estipulados en un 20 % hasta el 31 de marzo y en la corporación edilicia será solicitada la opción de ampliarlo hasta el 31 de mayo. Lo mismo con el descuento del 15 %, vigente hasta el 30 de abril, y que buscarán ampliar hasta el 20 de junio.

“Con respecto al pago del impuesto de Industria y Comercio, se modifica la fecha de presentación y pago señalada en el calendario tributario para los bimestres enero – febrero, marzo – abril, mayo – junio. Los contribuyentes deberán presentar y pagar sus declaraciones de autoretención del 7 al 21 de julio, de acuerdo al último dígito del NIT, para ello deberán verificar las modificaciones realizadas a la programación”, aclaró Johnson.

Además, quedó modificada la fecha de presentación y pago del año gravable 2019 señalada en el calendario tributario para los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio del régimen simplificado, que pasará del 31 de marzo al 31 de julio.

Todas estas medidas empiezan a aplicarse hoy 20 de marzo, exceptuando aquellas que deberán ser presentadas ante el Concejo Distrital y los pagos podrán ser efectuados de manera virtual en aras de promover el aislamiento preventivo.




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