“Los parqueaderos”, una salvación en los centros comerciales

Revista Construyendo
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Más que una aglomeración de locales alrededor de áreas comunes, los centros comerciales deben cumplir con una serie de parámetros urbanísticos; por ejemplo: es importante contar con buena ubicación y vías de acceso para que la movilidad no sea un problema.

El centro comercial debe localizarse sobre un eje vial importante. Tener buenos parqueaderos, donde sea fácil entrar o salir, que cuente con seguridad para que el visitante no sienta temor, todas las medidas y señales necesarias. En la ciudad dos veces Santa, estos espacios o lugares son gratuitos, al ingresar reciben un ficho; el cual deben mostrar al momento de salir (si se llegase a perder, la persona deberá pagar un valor estipulado por el Centro Comercial).

Parqueaderos de centros comerciales
Al ingresar a los Centros Comerciales, estos se rigen bajo unas leyes que protejan los bienes de los clientes; tanto en la parte interna como la externa incluyendo los parqueaderos; por ejemplo; en la zona de parqueaderos los propietarios de vehículos ingresan y dejan su carro estacionado porque confían en servicio, el cual suple diversas necesidades.
Evitar dejar estacionado su carro en un lugar indebido para no ser multados, o para no generar trancón y así mismo para evitar que le hurten objetos personales o partes del vehículo.
“Los centros comerciales tienen una norma para establecer el número de lugares para parquear, cada parqueadero se habilita con la licencia de construcción; es decir cuándo se va sacar una licencia para construir un centro comercial, en dicho permiso se tiene que especificar el área, número de pisos y el número de locales que va tener; para así sacar el número de parqueaderos que va disponer el centro comercial”, dijo Francisco García Rentería secretario de planeación distrital.
El diseño, construcción o adecuación de zonas de parqueo para las personas con movilidad reducida en espacio público o edificaciones deberá cumplir con las siguientes características:

1. Se ubicarán frente al acceso de las edificaciones o lo más cercano a ellas y contiguos a senderos o rutas peatonales.

2. Las diferencias de nivel existentes entre los puestos de estacionamiento accesibles y los senderos o rutas peatonales, serán resueltas mediante la construcción de vados o rampas, a fin de facilitar la circulación autónoma de las personas con movilidad reducida.