Declaran improcedente tutela en contra de director de Corpoguajira

Nolin Humberto González Cortes, quien presentó la tutela.

La Guajira
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La acción jurídica buscaba suspender la elección de Samuel Lanao Robles, quien ostenta el cargo de director de Corpoguajira para la vigencia 2020 – 2023.

El juez Primero Laboral del Circuito de Riohacha, Wilmer David Loaiza Mengual declaró improcedente la Tutela que tenía como finalidad dejar sin efecto la elección del director de Corpoguajira e iniciar el proceso de escogencia nuevamente.
Después de estudiar los argumentos del tutelante: Nolin Humberto González Cortes, pretendían que el Juez suspendiera la decisión que en su momento realizó el consejo directivo de la Corporación y que eligió a Samuel Lanao Robles, desde el 1 de enero del 2020 hasta el 31 d diciembre del 2023.

 Jaime Aragón Roys, aspirante al cargo de director.

La tutela iba dirigida a suspender los efectos del informe de verificación de los requisitos mínimos de las hojas de vida de los aspirantes a ocupar el cargo de Director de Corpoguajira, que dispuso excluirlo al igual que a Jaime Aragón Roys; por considerar que no cumplían con los requisitos mínimos establecidos en el decreto 1076 del 2015.
Para el Juez, "la tutela es improcedente porque es un acto administrativo de carácter particular y concreto, generador de efectos jurídicos revestidos de legalidad el cual es susceptible del control de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción Contenciosa Administrativa".

 Samuel Lanao Robles, director de Corpoguajira.

En consecuencia advierte el Juez que, los accionantes cuentan con un mecanismo de defensa judicial, idóneo y capaz para la protección inmediata y plena de sus derechos fundamentales toda vez que la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, que es la que le corresponde iniciar permite incluso suspender los efectos del acto administrativos, en el momento que la ilegalidad sea evidente.




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