Muertes de niños por desnutrición en el Magdalena estarían relacionadas con programas del Bienestar

Leonardo Alfonso Pérez Medina, director regional Magdalena del ICBF y Camilo Munive.

Política
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Uno de los casos habría ocurrido en una sede del programa de atención a la primera infancia en un municipio de la subregión Centro. A raíz de las denuncias hechas a través de EL INFORMADOR, la directora nacional del ICBF, Astrid Cáceres, reconoció el pasado domingo la corrupción al interior de la institución por irregularidades en 220 contratos con 59 operadores. En Ciénaga y la Zona Bananera la dirección regional del instituto le dio el contrato a uno de los operadores que había sido rechazado por la dirección nacional por el presunto delito de colusión.

Parte V (Cinco)

Las muertes de 20 niños por desnutrición en el departamento del Magdalena, reportadas el año pasado por el Instituto Nacional de Salud, estarían asociadas a la corrupción al interior del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, (ICBF), denunciadas la semana anterior a través de este medio de comunicación y corroborada el pasado domingo por la directora nacional del Instituto, Astrid Cáceres.

Aunque, el informe de prensa nacional no especificó en donde ocurrieron dichas muertes en menores de 5 años, existe certeza que uno de ellos falleció en un Hogar Infantil de uno de los municipios de la subregión Centro, mientras que el resto de ellos habrían muerto en municipios con jurisdicción en la Sierra Nevada de Santa Marta.

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A las denuncias que comenzamos a divulgar sobre presunta corrupción en los PAEs municipales en la subregión Centro, donde un solo empresario identificado como Manuel González Padilla, alias El Negrillo, ha mantenido el monopolio de la contratación en Plato y demás municipios de esa subregión, se suman la corrupción al interior del Bienestar Familiar por irregularidades en la contratación de los programas de atención a la primera infancia, denunciados por la misma directora nacional, quien dio cuenta de 220 contratos con 59 operadores en todo el territorio nacional.

Este medio recibió una denuncia el pasado viernes, de un oferente que participó en la licitación para la contratación del programa en Ciénaga y la Zona Bananera, a quien le habrían hecho la “rosca” para dejarlo fuera del concurso y poder entregarle el contrato en la regional Magdalena a quien ha tenido el monopolio de ese programa en esta región del departamento.



Pantallazos de la decisión adoptada por la dirección nacional del ICBF con respecto al proponente “Fundación Amor y Protección Para la Infancia”, a la cual la regional le otorgó el contrato de atención a la primera infancia en la Zona Bananera y contrato adjudicado a la Fundación Amor y Protección Para la Infancia, un día después de haber sido rechazado por la dirección nacional del instituto.


Según la denuncia, el operador que se ganó el contrato participó con dos firmas, una a su nombre y otra a nombre de su hija, con el fin de “asegurar” el contrato, situación que fue descubierta por la dirección nacional del Instituto, que mediante oficio con radicado 1150-1232-1277-1344, anuncia el rechazo de tales propuestas por inconsistencias en la documentación presentada, pero aun así la Dirección Regional a cargo de Leonardo Alfonso Pérez Medina, decide otorgarle el contrato a la firma principal.

Se destaca que la comisión de un presunto delito de colusión por parte del contratista, develado por la dirección nacional del Bienestar Familiar, fue puesto en conocimiento de la fiscalía y de la Oficina de Transparencia de la Presidencia de la República, al igual que de la Superintendencia de Industria y Comercio, la fecha del 19 de febrero de 2024, y un día después, o sea el 20 de febrero, se adjudicó el contrato por la Dirección Regional del Magdalena, bajo la supervisión de la señora María Policarpa Ariza Carbonó.

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El contratista y su contrato

El contrato adjudicado por le Dirección Regional Magdalena del Bienestar Familiar, le fue otorgado a la firma “Fundación Amor y Protección para la Infancia”, cuyo objeto es, “Prestar los servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia de conformidad con los manuales operativos y el lineamiento técnico para la atención a la primera infancia y las directrices establecidas por el Icbf en armonía con la política de estado para el desarrollo integral de la primera infancia de cero a siempre”.

Ese contrato deberá ser ejecutado en 315 días, para terminar el 31 de diciembre del presente año, por la suma de 3.855 millones 943 mil 329 pesos. Su adjudicación se hizo bajo el número 47001082024, en menos de 8 horas de haber sido rechazada por la dirección nacional la propuesta del oferente por irregularidades en la presentación de su oferta.

La información que conoció EL INFORMADOR sobre el particular es que la fundación contratada es de propiedad del educador y periodista cienaguero Camilo Munive y que el rechazo a la propuesta presentada al ICBF se habría dado por querer participar con dos firmas distintas en el concurso. Una a nombre de la Fundación “Amor y Protección para la Infancia”, Fundaprofan, y a la otra a nombre de la “Corporación Regional de Desarrollo Sol Caribe”, a nombre de su hija.


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“De acuerdo con la denuncia recibida el día 20 de febrero de 2024, con relación a la Oferta 482 y 483– Zonas 820 y 821 - CORPORACIÓN REGIONAL DE DESARROLLO SOL CARIBE y la FUNDACIÓN AMOR Y PROTECCIÓN PARA LA INFANCIA – FUNDAPROFAN, encontrando inconsistencia en la documentación presentada, que además dan muestra de una posible Colusión. Lo anterior debido a que la misma persona natural hace parte de los integrantes del Órgano Directivo de ambas corporaciones y/o fundación, incurriendo en la causal de rechazo descritas en la INVITACIÓN No. CV-PC-008-2023SEN Capítulo I - Numeral 1.18 - CAUSALES DE RECHAZO CON RELACIÓN A LAS OFERTAS No 6 que describe lo siguiente: “6. Cuando se evidencie la participación de un mismo proponente en varias propuestas presentadas para el presente Proceso Administrativo de Selección ya sea en forma individual o a través de los integrantes de sus Órganos Directivos o de uno o todos los integrantes del proponente plural.” (negrillas y cursivas fuera del texto)”, dice apartes de la decisión de la dirección nacional del instituto.

Y agrega que “la colusión se define como “la acción o efecto de coludir, es decir, el hecho o circunstancia de pactar en contra de un tercero o a una de las partes”. En este sentido, cuando se realizan acuerdos entre los proponentes para no competir, para distribuirse adjudicaciones de contratos y concursos o fijar los términos de las propuestas, se está incurriendo en una práctica contraria a la libre competencia, tal y como lo describe el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992. La contratación pública tiene por finalidad la satisfacción del interés general y constituye una modalidad de administración y ejecución de los recursos públicos; por ello se requiere que dicha actuación se desarrolle de forma ética, transparente y responsable. Por lo anterior, se rechazan la oferta 482 y 486 – Zonas 820 y 821 y se corre traslado a la fiscalía general de la Nación, Oficina de Trasparencia de Presidencia y a la Superintendencia de Industria y Comercio”.