De Santos a Petro: notas tristes de un país…

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Halinisky Sanchez Menéses

Halinisky Sanchez Menéses

Columna: Opinión

e-mail: halinisky@hotmail.com



En realidad nuestro país no ha alcanzado la adultez democrática, como quiera que las élites han cooptado el poder político a lo largo de la historia, han perpetuado la injusticia, el atraso y la iniquidad, no en vano somos uno de los países más desiguales del mundo.

Para que un país supere la niñez democrática y se inserte en la adultez, debe realizar unas tareas históricas, que fundamentan el que efectivamente un régimen político sea considerado democrático, esas tareas históricas corresponden a la redistribución de la tierra, la implantación de un régimen tributario que grave la renta, una justicia imparcial, transparente y pronta, y la educación pública y universal de calidad a todos sus ciudadanos, sin estas bases es imposible que una comunidad cualquiera pueda gozar de tranquila convivencia dentro de un orden justo.
La democracia colombiana tiene una curiosa singularidad, se garantiza a quienes gobiernan y hacen parte de la élite detentadora de poder, pero se niega a quien difiere del modelo, a estos se les elimina físicamente o se les impone subjetivas sanciones administrativas para darles muerte política, como ha sucedido con el izquierdista alcalde de Bogotá Gustavo Petro, a los otros se les brindan todas las garantías.
Sin duda Gustavo Petro, es amigo de los ateos, de relativistas morales, vocero de los abortistas y de quienes amenazan la familia monógama tradicional como lo son los Lgtbi, y además es un pésimo gerente, como quiera que le quedaron grandes los problemas estructurales de Bogotá, como la movilidad, la prestación de los servicios públicos domiciliarios, el ordenamiento territorial y la seguridad, pero sus equivocadas posiciones morales y su discutible visión del gobierno, no da derecho a funcionario alguno por ese solo hecho a darle muerte política, para nadie es un secreto que la destitución de Petro, por parte del ultra católico Procurador Alejandro Ordoñez, obedece más a un retaliación ideológica que a una real falta disciplinaria del alcalde.
Nos preguntamos entonces, ante la ya consumada destitución de Petro en el ordenamiento jurídico interno colombiano, ¿estaba obligado el presidente Santos acatar las medidas cautelares ordenadas por la Cidh a favor del destituido alcalde de Bogotá?
El gobierno dice que no, la canciller explica que esas medidas cautelares no hacen parte de la convención interamericana de derechos humanos y obedecen a recomendaciones de la CIDH, que no son vinculantes.
Otro sector sostiene que dichas medidas cautelares son obligatorias, únicamente si pretenden salvaguardar derechos como la vida o la integridad física.
Pero otra cosa muy distinta ha señalado la Comisión interamericana en su Resolución No 1/05 del 08 de marzo de 2005: "Reafirmar la obligación internacional que tienen los Estados miembros de la OEA de cumplir de las medidas cautelares dictadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos".
A su vez que la Corte Constitucional, interprete autorizada de la Constitución Política estableció en T-786 de 2003: "En efecto, esta Corporación ha señalado en varias oportunidades que las medidas cautelares decretadas por la Cidh comportan carácter vinculante a nivel interno, por cuanto éste es un órgano de la Organización de Estados Americanos -OEA- del cual Colombia hace parte, al igual que es Estado Parte en la Convención Americana sobre Derechos Humanos que fue aprobada por la Ley 16 de 1972 y ratificada el 31 de julio de 1973. De igual manera, en razón a que el Estatuto de la Cidh fue adoptado por la Asamblea General de la OEA, en la cual participa Colombia. Y, en virtud de que la Convención, en tanto tratado de derechos humanos, según el artículo 93 constitucional, inciso primero, está incorporada al ordenamiento interno y hace parte del bloque de constitucionalidad".
Como se ve, esas medidas cautelares además de ser obligatorias para los Estados partes de la convención interamericana, protegen cualquier derecho fundamental, incluido los derechos políticos, el gobierno colombiano lo sabe, y aun así lo desconoció.
Es increíble que el presidente haya empeñado su palabra en los medios de comunicación en el sentido de que garantizaría la aplicación de las medidas cautelares de la Cidh a favor de Gustavo Petro si estas se le concedían por ser vinculantes y obligatorias, eso aseguro el primer mandatario, y salga ahora a desconocer la fuerza jurídica que tienen estas medidas, es vergonzoso que el presidente y los medios de comunicación privados se rasguen las vestiduras porque se le vulneran en Venezuela a Leopoldo López sus derechos políticos, pero aprueben que el presidente colombiano se pase por la faja el derecho convencional americano que en este caso protegió a Petro.
También nos peguntamos: Si el alcalde destituido fuera uno de derecha, como por ejemplo Gina Parody; ¿desconocería el presidente Santos las medidas cautelares de la Cidh?
Retumban en nuestros oídos la máxima evangélica: "Así que, todas las cosas que queráis que los hombres hagan con vosotros, así también haced vosotros con ellos…"
Pero al pobre Petro no le aplicaron la máxima evangélica, sino la ley del embudo, lo ancho siempre pa’ ellos, las élites, y lo angosto, pa’ uno, o sea nosotros los de a pie..
Cristo nos redima.