En Colombia la justicia dejó de ser gratuita

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Escrito por:

Halinisky Sanchez Menéses

Halinisky Sanchez Menéses

Columna: Opinión

e-mail: halinisky@hotmail.com



El gobierno nacional en cabeza del presidente la República sancionó la ley 1653 de 2013, normativa que reglamenta el arancel judicial, esto en palabras simples implica un impuesto a todas las personas sean naturales y jurídicas que pretendan acudir al poder judicial a dirimir un conflicto.

Están eximidos de este peaje judicial los a los procedimientos arbitrales, penales, laborales, de familia, de menores, procesos liquidatorios, de insolvencia y de jurisdicción voluntaria, entre otros, tampoco lo pagara la persona natural que en el año inmediatamente anterior a la presentación de la demanda no hubiere estado legalmente obligada a declarar renta, o cuente con amparo de pobreza.

Es cierto que los derechos fundamentales en su ejercicio no son absolutos, el derecho fundamental al acceso a la justicia no escapa de esta interpretación, por eso la gratuidad no debe entenderse como una obligación del Estado de sufragar todos los gastos de un proceso, el arancel judicial en principio se justifica como el deber que tiene todo ciudadano de colaborar con los fines del Estado, en este caso colaborar con el costo que implica mover el aparato judicial.

No es extraño que exista este impuesto, que según el ordenamiento jurídico colombiano adquiere la denominación de parafiscal, de hecho en Colombia el arancel judicial se reglamentaba por la ley 1394 de 2010, esta norma establecía que el arancel se pagaba cuando las pretensiones en un proceso se estimaban en igual o superiores a 200 salarios mínimos, en base a esta cuantía se cobraba por concepto de arancel y dependiendo de la forma de terminación del proceso un 1% o 2%.

La preocupante novedad de la ley 1653 de 2013, es el hecho de que el arancel judicial se cobra a todas las obligaciones dinerarias reclamadas ante una autoridad judicial sin importar la cuantía y su monto es de 1.5% de valor de la obligación más frutos e intereses, lo que hace de Colombia una justicia además de morosa, costosísima, pero eso no es todo la admisión o inadmisión de la demanda depende del pago anticipado del arancel judicial.

Lo anterior quiere decir que el pago se ha convertido en un requisito de procedibilidad de las acciones ejecutivas con pretensiones dinerarias, con estos recursos el gobierno pretende que la rama judicial financie los sistemas de oralidad en la jurisdicción penal, civil, laboral y administrativa.

Es increíble que un país con tan bajo acceso a la justicia y con tan altos índices de impunidad, se imponga una nueva carga a la ciudadanía colombiana, como lo es el pago de un cuantioso impuesto para reclamar ciertas obligaciones ante una autoridad judicial y lo peor que se sujete la atención de estas demandas al pago o no de este impuesto a la justicia, reconocemos que el Estado requiere de recursos para garantizar la función pública judicial, pero estos se pueden obtener de diversas fuentes y no con un impuesto astronómico que masacra el bolsillo del colombiano, pensemos por ejemplo si se requiere plata porque no reducimos los gastos de funcionamiento del gobierno central y los trasladamos al sector justicia, porque no reducimos un poco el gasto militar e invertimos en el sector justicia, porque no cobramos un arancel más barato y que se pague al finalizar el proceso, un arancel que lo pague la parte vencida en juicio, existen muchas alternativas.

No compartimos este nuevo impuesto, por antidemocrático e inequitativo, pues sujetar el trámite de un proceso al pago de un impuesto es un golpe mortal al derecho fundamental de acceder a la justicia, así este arancel no se cobre para todos los procesos y no se cobre a todas las personas.

Cristo nos redima.

Clavos y Canela: He leído juiciosamente todas las sentencias de restitución de tierras publicadas en la página oficial de la Unidad nacional de Restitución de Tierras, y no he visto la primera en la que reconozcan a los poseedores de buena fe, la restitución es un derecho que defendemos, pero nos duele aquellos quienes compraron la tierra de buena fe y se les impone la carga de la prueba y no se les reconoce un peso, nos preguntamos donde queda el principio del orden justo del que habla la Constitución colombiana, ¿Será que así se hace la paz?