Paros cívicos ¿derecho a protestar?

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Jairo Franco Salas

Jairo Franco Salas

Columna: Opinión

e-mail: jairofrancos@hotmail.com



¿Por qué sucede esto?, ¿Incumplimiento o Insatisfacción de Derechos?.

Recientemente sucedieron dos paros de carácter nacional, primero el del gremio cafetero y luego se le unió el camionero. También fue notorio y evidente el paro de empleados administrativos en la Universidad Nacional, se vislumbran otras manifestaciones de inconformismo.

Los bloqueos en vías departamentales y nacionales fueron provocados por los considerados afectados de los gremios cafeteros y camionero, resultando desabastecimiento de alimentos y combustibles en varias regiones importantes del país y causando pérdidas económicas y humanas.

La situación del sector cafetero colombiano no es buena, no solo por su baja producción y por los bajos niveles del caficultor, sino porque todo el modelo productivo esta en cuestionamiento y profunda crisis. La subordinación de los pequeños caficultores a los grandes exportadores colombianos y de todo el sistema cafetero del país a los intereses de las grandes trasnacionales tostadoras y comercializadoras del grano, es un hecho que se traduce en tan lamentable circunstancia.

Resultó que la Federación de Cafeteros de Colombia, es una institución distante de los intereses de los caficultores, burocratizada, que requiere de una transformación democrática urgente; eso lo pudimos ver muchos colombianos, que creíamos que todo era color de rosa. El Gobierno Nacional tejió, demostró e impuso prepotencia, torpeza y soberbia a la hora de enfrentar el paro, lo cual en gran parte fueron factores determinantes del éxito de los cafeteros que se salieron con la suya y tuvieron eco a sus pretensiones.

Referente al bloqueo de vías que ocasionaron los manifestantes, la Ley de Seguridad Ciudadana señala que el que por medios ilícitos dirija, constriña o promocione los mecanismos para obstaculizar de manera temporal o permanente las vías o la infraestructura de transporte, de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo incurrirá en prisión de 24 a 48 meses y multa de 13 a 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Se excluyen las movilizaciones autorizadas por autoridad competente en el marco del artículo 37 de la Constitución Política. En los paros referidos no resultaron personas judicializadas.

Deben hacerse esfuerzos e inversión necesaria para que estos hechos no ocurran, de lo contrario esta situación anómala pero que da resultados para quienes protestan se hará de manera reiterada en la búsqueda de mejores logros en el país.

Retrasos en la entrega de obras vitales para una mejor calidad de vida, también pueden generar descontento y protestas, al igual que la mala prestación de servicios públicos. Será que con vías de hecho, disturbios, bloqueos de carreteras, los manifestantes a futuro conseguirán mejores resultados que con sus representantes elegidos democráticamente en cualquier corporación? Será que estos representantes se acercan a estas comunidades? ¿Con qué propósito?.

Los paros cívicos que muchos suelen llamar así, involucran un conjunto de acciones de protestas que se constituyen en situaciones de hecho que se denuncian no solo ante la opinión pública sino al establecimiento correspondiente para ajustar tal anomalía. En el campo del derecho laboral, el paro no es considerado, la huelga sí. Concluyendo, debemos ser críticos, lo que molesta a la gente que luego protesta es la actitud promesera, promesas van promesas vienen; deben tomarse cartas en el asunto.