La Institución del Asilo

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Escrito por:

Francisco Galvis Ramos

Francisco Galvis Ramos

Columna: Contrapunto

e-mail: contrapunto@une.net.co



Asilo proviene de la voz griega "asylos" y significa darle protección a una persona en un lugar inviolable en el que no podrá ser capturada, lo que de hecho implica inmunidad a toda persecución. A través del tiempo, desde los griegos y los romanos antiguos, el asilo fue adquiriendo características propias hasta convertirse en una institución con reglas conformes a cada época.

Valga decir que, por muchos siglos, el asilo tuvo lugar en los templos y treinta metros más hacía afuera, de donde se le abona a la religión católica especial mérito en la formación y desarrollo de la institución del asilo.

Así que a las iglesias iban a dar los delincuentes comunes en procura de amparo, siendo el sacerdote el encargado de velar por los asilados y decidir en qué casos y bajó que condiciones podían ser tomados por las autoridades laicas para su juzgamiento y castigo. Los delincuentes políticos para entonces no podían beneficiarse del asilo, por la simple razón de que no lo permitían Reyes y Príncipes gobernantes y las iglesias no estaban en condiciones de confrontarlos con la fuerza.

Posteriormente la naturaleza del asilo cambió radicalmente. Ya no viene destinado a los delincuentes comunes, sino a los perseguidos políticos también llamados delincuentes políticos.

El Derecho Internacional Público, la jurisprudencia, la doctrina y la costumbre que le corresponden, le dan forma al asilo moderno que tiene como notas fundamentales: el derecho del Estado asilante para calificar unilateralmente el delito del peticionario y la obligación para el Estado donde aquel se encuentre de otorgarle el salvoconducto que le permita partir de manera segura, sin obstáculos, ni demoras.

Todo bien hasta ahí, porque la concesión de la autorización en ocasiones ha sido asunto traumático, como decir el caso del Estado peruano con ocasión del asilo político dado por Colombia al caudillo aprista Víctor Raúl Haya de la Torre, por allá en los años cuarenta y ocho y cuarenta y nueve del siglo pasado. Ante la contumacia de su gobierno, como se recordará, Haya de la Torre permaneció largo tiempo en la sede de la Embajada de Colombia en Lima bajo el esmerado cuidado del embajador Carlos Echeverri Cortés. Esto tuvo variadas consecuencias que no son del caso menear ahora, pero sí mencionar la sentencia de la Corte Internacional de Justicia de La Haya favorable a la posición colombiana.

Hoy estamos ante otro caso de asilo que va a dar para rato y va a ser traumático. El de Julián Assange, ciudadano australiano bajo asilo ecuatoriano en la sede diplomática de Londres, pero reclamado en extradición por la presunta comisión de delitos comunes por el Reino de Suecia y con un tercero posiblemente al asecho de una segunda extradición, para pasarle cuentas por la filtración de documentos secretos a través de Wikileaks.

La vigencia del Derecho de Asilo está ahora seriamente comprometida, según que Inglaterra, en lugar de otorgar el salvoconducto, decida entrar por la fuerza a la legación ecuatoriana, le de captura al señor Assange y lo extradite a Suecia. Ojalá no resulte así porque, entonces, a encorar un réquiem por el hasta ahora sagrado derecho.

Tiro al aire: recuerdo ahora al gran mariscal Alzate Avendaño cuando en tono mayor dijo que "… para tener derecho al silencio, hay que haber trepado muchos años la dura cuesta de las palabras..." ¡Pónganle la firma!



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