El encallamiento de la M/N de pasajeros Costa Concordia

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Escrito por:

Jorge Caicedo Correa

Jorge Caicedo Correa

Columna: Opinión

e-mail: jcaicedoster@gmail.com



El 19 de Enero del 2012, ocurrió algo insólito en el Derecho Marítimo, el Abogado Marco De Luca en representación de los Armadores de la empresa naviera "Costa Crociere" esto es los dueños de la Motonave de pasajeros Costa Concordia, abandonan al Capitán Francesco Schettino, lo retiran de la compañía y se niegan a defenderlo, convirtiéndose en el juicio en parte afectada. (¿?) 

La Motonave Costa Concordia, encallo la noche del 13 al 14 de Enero a las 21:45 hora local en la localidad de la isla italiana Giglio, con 4.200 personas a bordo y al momento de escribir la columna hay 11 muertos y 21 desaparecidos. 

El Capitán es el representante legal de los armadores y estaba obrando en nombre de la compañía, en esa oportunidad la "Costa Crociere".

Inicialmente, el Capitán Francesco Schettino, afronta un proceso penal porque al tenor del artículo 1097 de la ley marítima italiana no puede abandonar el buque si hay pasajeros o tripulantes a bordo con una penalidad de 2 años cuando es de carga general y hasta 12 años de cárcel con pasajeros.

Difícilmente sale bien librado de este proceso, porque también está ampliamente explicado en la Convención para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Solas), adoptada por 161 países entre ello Italia.

La ley inglesa es más drástica pero no la voy a traer a colación, solamente a recordarle que el Capitán del Titanic Edwart Smith prefirió hundirse con el buque en el puente de mando el 10 de Abril de 1912.

Sabía que a los pasajeros de 2 y 3 categoría se les cerró la puerta de acceso a la cubierta de desembarco, porque no había suficientes botes salvavidas.

La versión que le dio el Capitán Schettino, a la autoridad naval italiana, de que se había caído y aterrizo en un bote salvavidas, cuando el comandante militar le increpa y le dice: "Cretino; tomó el mando del buque y le ordeno que se presente inmediatamente para verificar los pasajeros, preferiblemente las mujeres y los niños", contestándole que no puede subir por la escalera de emergencia, esas dos versiones, difícilmente se las cree un tribunal naval compuesto por tres Capitanes de Altura de la vieja guardia que conoce que las funciones del Comandante de una unidad, no es únicamente de pasear hermosas turistas por el puente de mando y demás arandelas, sino la responsabilidad que se adquiere e inclusive ofrendar su vida por los pasajeros, la tripulación y el buque durante un siniestro.

Al abandonar el Capitán Schettino la embarcación, aparte del aspecto penal, deja a la compañía "Costa Crociere" sin base jurídica para reclamar el seguro del casco del buque porque la Lloyd Register, que es la principal clasificadora de buques, por la cual se guían las empresas de seguros, tiene la clausula principal, que si no hay acción de rescate, no hay pago del seguro y para esto cuando el remolcador de salvamento lance el primer cabo de amarre debe de estar presente el Capitán de la Motonave y éste se encontraba en un bote salvavidas (¿?). La empresa le toca remolcarlo al astillero y repararlo.

Previo al encallamiento, se produjeron una serie de acciones contra la ley marítima y se va a enumerar únicamente dos.

Todo buque, debe navegar a una milla de la costa, esto es 1800 metros y cuando se encalló estaba a 240 metros.

Todo buque, al zarpar hace una ruta de navegación y esta se proyecta por las partes autorizadas. El rumbo inexplicablemente lo vario el Oficial de Guardia.

Para el reclamo del seguro de vida de los pasajeros, el Abogado de la compañía "Costa Crociere" debe estar atento de la declaración que expresó un tripulante, de que llevaba cuatro años sin hacer Zafarrancho de abandono del buque. Al Capitán Schettino que está caído, le cae esta plancha de acero.

Esto es supremamente grave y lo voy a explicar: la voz preventiva es "Zafarrancho de Abandono" y la voz ejecutiva es "Abandonar el Buque o Barco" y la debe emitir el Capitán únicamente.

El reglamento exige un entrenamiento mínimo mensual, pero recomendable efectuarlo en cada viaje y la autoridad marítima revisa la cedula del o los ejercicios y me queda muy difícil creer que el Capitán del Costa Concorde y los Oficiales falsificaban este documento que lo revisa la Capitanía del Puerto.

Se debe tener una tripulación entrenada porque se divide en dos, una que se dirige a la cubierta de botes en los sitios de desembarco, para tripular los botes salvavidas, organizar a los pasajeros, instruirlos en el uso del chaleco, que debe contar con pito, linterna estanco, cinta luminosa, los radios de los botes etc., y la otra a controlar la avería, evacuar a los pasajeros de las cabinas etc.

Al Capitán y a la tripulación, no se le exige el mismo entrenamiento que hacían de Grumetes o Cadetes Navales, que se subían por Estribor por las Jarcias y se encaraban al Trinquete, llegando a la canastilla que se llama el Carajo, para bajarse por Babor, caminar por la Vergas, trepar al Mesana con su balanceo y a la peligrosa vela "La Escandalosa" en la popa del Gloria.

Pero si no hay entrenamiento de los zafarranchos, hombre al agua, colisión etc. "un abandono" de una embarcación se vuelve un caos y ahí sí, las indemnizaciones por las muertes y desaparecidas se vuelven costosas.

Ningún buque o barco es insumergible, el único que el constructor expresó que "Ni Dios podía hundirlo" fue el Titanic y naufragó en su primer viaje.

Al Capitán Francesco Schettino, lo salva Dios y el capellán del "Costa Concordia", Raffaele Marina que fue el único que defendió su acción, porque la autoridad marítima, su tripulación y su fémina acompañante lo sepultaron en las profundidades del Código Marítimo italiano e internacional...