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Escrito por:

Germán Vives Franco

Germán Vives Franco

Columna: Opinión

e-mail: vivesg@yahoo.com



Al proyecto de ley de penalización del aborto en el caso de las tres excepciones le espera un tránsito difícil en el Congreso de la República. Máxime cuando hay voces con mucho ascendiente que rechazan de tajo la idea.

Entre estas voces, ocupa un lugar destacado Carlos Gaviria, quien en un foro en el Senado, el día 29 de septiembre, aseguró que "la penalización del aborto se está defendiendo con argumentos netamente religiosos".

Gaviria implícitamente también está afirmando que no es posible justificar la penalización del aborto, o en este caso la penalización de las excepciones, con argumentos que no sean religiosos.

Para que lo afirmado por Gaviria tenga validez lógica, dos presupuestos tienen que probarse.

El primero, que los seres humanos pueden ser procreados por medios distintos a la fecundación de un óvulo por un esperma, y que la mayoría de los seres humanos han sido procreados por esos medios alternativos.

Si fuera cierto que la cigüeña es quien trae a la mayoría de los niños, entonces uno podría argumentar razonablemente que el aborto no atenta contra la vida, o no gravemente; o mejor, no atenta contra la vida en las proporciones genocidas que hoy tiene, y que han hecho del aborto la peor atrocidad que hemos cometido los humanos en toda nuestra historia. Al fin y al cabo, sería la cigüeña la mayor responsable de la vida y no las madres embarazadas. Lo siento abogado Gaviria, lo de la cigüeña es puro cuento de niños.

El segundo supuesto a probar es que una vez producida la fecundación en el vientre materno, y sin intervención humana alguna, esos óvulos fecundados, la mayoría de las veces no llegan a nacer con vida. La experiencia humana y científica demuestra inequívocamente, que la mayoría de las mujeres embarazadas paren niños vivos y sanos.

Como ninguno de los dos supuestos puede probarse, se concluye lógicamente que desde el momento mismo de la fecundación del óvulo por el esperma, en la mayoría de los casos, hay mucho más que una mera expectativa de vida, hay un ser humano como usted y como yo, si bien en estado embrionario.

Además, por fuerza debe concluirse que la viabilidad absoluta del ser humano comienza en la concepción misma, ni antes ni después. Es más, sería imposible que hubiera un después sin concepción. Es decir, que la persona existe ya desde la concepción.

Ausente toda sustentación religiosa, creo que argumenté lógicamente, que en el embrión ya hay una "persona". Y si este es el caso, ¿cuál es el racional para decir que el derecho a la vida de esa persona puede ser terminado en la presencia de ciertas circunstancias? ¿En dónde queda el derecho a la vida de estas personas?

¿No es acaso cierto que en un estado de derecho se deba proteger y respetar la vida humana de todos, y no solo de unos pocos? La vida es un derecho absoluto que no admite excepciones. Todo intento de obrar contrario a esta premisa, termina siendo el camino de los grandes genocidios y de las grandes monstruosidades.

Las tres excepciones equivalen a haber aprobado la pena de muerte por la puerta trasera, en contravía de lo que consagra nuestra carta política que prohíbe la pena de muerte. Peor aún, ni siquiera hay juicio ni debido proceso.

Nadie discute que las mujeres pueden hacer con su cuerpo lo que quieran, pero sucede que el embrión no es su cuerpo. Tan no lo es, que en nueve meses será otra persona, y dejado a la naturaleza, la madre no puede escoger ni cuanto crecerá ni cuento pesará ni que sexo tendrá.

A mí el argumento de que las mujeres pueden abortar porque es su cuerpo, se me hace idéntico al del judío del Mercader de Venecia: tiene derecho a arrancarle el corazón a su enemigo, pero sin derramar una sola gota de sangre.

Toda acotación de derecho positivo es arbitraria. Por ejemplo, podría argumentarse, y con buenos argumentos, que como el ser humano, al ser comparado con otros seres vivos, nace doce años antes de tiempo, entonces el ser humano no es viable sino hasta los 13 años, y por lo tanto se puede disponer de esa vida antes de dicha edad.

Obvio que este argumento causa horror y repudio inmediato, pero en realidad no es muy distinto de lo que se hace en el caso del aborto, la diferencia radica en que arbitrariamente, se fijan unos tiempos, también arbitrarios, para decidir que es permitido y que no lo es.

Por ser un tema muy trascendental, de hecho de vida o muerte, en mi próxima columna, me enfocaré en hacer algunas reflexiones sobre las tres excepciones.



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