La trashumancia electoral

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Carlos Bustamante Barros

Carlos Bustamante Barros

Columna: Columna Caribeña

e-mail: cm-bustamante@hotmail.com



Para estas épocas preelectorales empieza a hablarse en Colombia de la trashumancia electoral, que consiste básicamente en inscribir la cédula para votar en un lugar distinto a aquel en que se reside o tiene domicilio actual, el cual tiene propósitos oscuros de favorecer candidatos con poca o escasa aceptación en los m municipios en la cual proponen e inscriben su nombre como candidatos a corporaciones públicas, alcaldías e incluso gobernaciones de departamentos.

La trashumancia electoral es conocida en el ámbito nacional con la designación de trasteo de votos, calificada por la Corte Suprema de Justicia de nuestro país como "practica maligna", la cual en criterio del alto tribunal urge combatir y eliminar con todos los medios que el estado posee a su alcance, en la que es preciso recalcar que se han endurecido las sanciones penales para este delito con pena de cárcel hasta de 108 meses señalado así en el Artículo 399 de la Ley 599 del 2000.

La Registraduría Nacional del Estado Civil señaló casos de trashumancia en el año 2009 en los departamentos de Atlántico, en los formularios para inscripción de cédulas de ciudadanía conocidos como E-3, concretamente en los municipios de Barranquilla, Malambo, Puerto Colombia, igualmente en Norte de Santander en Cúcuta y en días recientes fue denunciado por los medios de comunicación nacional trasteos electorales en el departamento de Cundinamarca que ya están siendo investigados por la justicia.

Se han señalado modalidades comunes de trasteos electorales como son en efecto trasladar personas a municipios distintos de su residencia para que inscriban su cédula, con fines de participación en los procesos electorales, asimismo estar inscrito en un municipio distinto a aquel en el cual se reside donde ha ejercido el derecho al sufragio en anteriores votaciones.

Luce a simple vista el fenómeno enunciado como un acto desesperado de candidatos en resultar elegidos con poca aceptación dentro del municipio donde proponen su nombre a corporaciones públicas, alcaldías o gobernaciones, buscando personas aptas para votar en otras municipalidades en la que se presume existe compra de conciencia para estos fines reprochados por el ordenamiento jurídico penal.

El trasteo electoral es sin duda alguna una práctica sucia, porque lleva implícita fraude electoral ya que el elector primario que es el pueblo es inducido a elegir gobernantes sin respaldo en su núcleo comunitario por ciudadanos cuyas cédulas están inscritas en otras demarcaciones territoriales diferentes a su ente territorial.

Es como introducir en el juego de naipes cartas con valores de ases siendo de otras denominaciones, muy diferentes por supuesto a las emulaciones de la pasión desbordada en la que se insiste por el común de la gente la validez de todo acto para el logro del anhelado amor de marras que ocasiona desvelos innecesarios de la mujer amada la cual plácida en el candor inefable de su intimidad envuelve la estancia con sus encantos atiborrados de amor.

Aquí no se trata de creer lo expresado tantas veces en el lenguaje del Caribe que cualquier hueco es trinchera, para significar el acopio de cualquier recurso al alcance, sino todo lo contrario establecer con suficiente claridad que la trashumancia electoral es una práctica indebida proscrita y penalizada por la ley la cual como lo señala la Corte Suprema se debe combatir y eliminar en todas sus modalidades por el Estado, agregando además que atenta en forma flagrante contra la paz, la concordia, la sana convivencia pacífica, porque puede generar violencia por fraude electoral como sucedió en un pasado histórico reciente con el surgimiento de grupos radicales como el M-19, hoy desmovilizado y amnistiado por haberse acogido a proceso de paz.

De alguna manera pienso que no hay territorios en Colombia vedados para estas prácticas reprobables y penalizadas por la justicia, todo lo contrario puede acontecer en cualquier lugar del territorio nacional, en el cual es menester observar con detenimiento su tipificación, sin distingo social alguno de apellidazgos inútiles en líderes políticos de turno, para que no suceda lo enunciado en las notas de la composición vallenata titulada La custodia de Badillo del maestro Escalona en la cual aconseja directamente sin tapujo alguno que empiecen a requisar incluso al cura para descubrir quien se robó la custodia del Badillo, cuando enuncia en su composición magistral: " ....lo que pasa es que la tiene un ratero honrado, lo que ocurre es que un honrado se la llevó, ay compadre cola jerre, cuando tengas fiesta hombre que abra bien los ojos para vigilar con una 45 en la puerta de la iglesia todo el que tenga sotana no lo deje entrar y al terminar la misa que se pongan del cura pa abajo a requisar...."

El mundo y la vida siguen su curso...