Justicia Terapéutica

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Luis Tabares Agudelo

Luis Tabares Agudelo

Columna: Opinión

e-mail: tabaresluis@coruniamericana.edu.co


En los últimos años los colombianos nos hemos vuelto cada día más incrédulos con relación a la justicia. El Gobierno Nacional y el Legislativo hacen toda una serie de gestiones como reformas a la ley penal y a la de procedimiento penal para tratar de mitigar un problema al que no se le ven luces a corto ni a largo plazo.

El aumento de los delitos en las calles, la organización de bandas criminales, la participación muy activa de los jóvenes, el hacinamiento en las cárceles y la corrupción nos hacen pensar que estamos perdiendo la batalla. Podemos afirmar que los problemas de la justicia no se solucionan con reformar los códigos por reformarlos.

Surge que con la ley 1760 de 2015 se modifica el código procesal penal para solucionar los problemas de hacinamiento, no se siguieran encarcelando inocentes o al menos se les prive de su libertad cuando hayan sido vencidos en juicio. Además que salieran de la cárcel los que solo estaban sindicados por delitos menores como hurtos, injuria, calumnia, inasistencia alimentaria y que aún no han sido condenados.

Del mismo modo con la ley 1826 de 2017 el Congreso trata de descongestionar el sistema judicial. 69 comportamientos que eran delitos pasaron a ser contravenciones. Esto tendría efecto en el principio de favorabilidad por lo tanto muchas personas que están privadas de la libertad saldrán inmediatamente, entre ellos los jóvenes aun sin resocializarse con el agravante que es muy factible que vuelvan a delinquir. Pero paradójicamente hoy muchos sectores y autoridades están solicitando reformar el Código de Infancia y Adolescencia, así como el Sistema de Responsabilidad Penal, esto quiere decir endurecer las penas y sacarlos de su sistema especial. Los mayores de 15 años que cometan delitos sean juzgados y condenados como adultos.

Caso contrario a lo que sucede en Colombia, varios países han evolucionado en relación con la resocialización. Llama mucho la atención el surgimiento de la justicia terapéutica en México como modelo de intervención judicial con enfoque humanista que con ayuda de los diferentes entes del Estado se atiende los problemas relacionados con los jóvenes drogadictos que cometen hechos delictivos. El juez identifica alternativas de rehabilitación individualizadas para cada uno de ellos. En este tipo de justicia se involucra a la familia que pasa a ser parte del proceso terapéutico. Enviar a los jóvenes delincuentes-drogadictos a la cárcel es un pasaporte seguro a que saldrán peor. De manera que mientras no se adopte este tipo de justicia estaremos dando vueltas en un círculo vicioso.

El artículo 49 de la Constitución dice: “… el Estado dedicará especial atención al enfermo dependiente o adicto y a su familia para fortalecerla en valores y principios que contribuyan a prevenir comportamientos que afecten el cuidado integral de la salud de las personas y, por consiguiente, de la comunidad, y desarrollará en forma permanente campañas de prevención contra el consumo de drogas o sustancias estupefacientes y en favor de la recuperación de los adictos”. Este le da las herramientas al Congreso para la entrada de la justicia terapéutica al ordenamiento jurídico colombiano. Los legisladores deberían legislar sobre ésta para empezar a dar a los jóvenes trato diferente y recuperarlos para la sociedad y la familia.

No vulnera la condición de condenado el hecho de que en determinadas sentencias el juez basado en material probatorio que provenga de médicos especialistas no envíe al sujeto a la cárcel. Lo haga a centros especializados de rehabilitación. En especial a los jóvenes. Pero aunque algunos abogados lo solicitan los jueces no se atreven por la falta de una seria regulación por parte del Congreso.

Para concluir debemos empezar por entender que la solución al problema carcelario en Colombia no es de reformas sin sentido ni la construcción de más cárceles, es empezar a pensar como una democracia sólida garante de la libertad, de la presunción de inocencia y aplicar el principio del derecho penal: la rehabilitación. La ley penal en Colombia produce sufrimiento al ser humano en su aplicación. Y su principal objetivo, la resocialización no se cumple.